Resolución No. DE-044-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado044-05
Año2005
Fecha de publicación29 Septiembre 2005
EmisorDirección Ejecutiva
{PAGE }
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. DE-044-05
QUE EMITE EL DICTAMEN RELATIVO A LA MODIFICACIÓN DEL CONTRATO DE
INTERCONEXIÓN VIGENTE ENTRE LAS CONCESIONARIAS ORANGE
DOMINICANA, S. A. Y TURITEL, S. A., SUSCRITA MEDIANTE ADDENDUM DE
FECHA DIECIOCHO (18) DE AGOSTO DE DOS MIL CINCO (2005).-
El Instituto Dominic ano de las Telecomunicaci ones (INDOTEL), por órgan o de su
Director Ejecutivo Interino, actuand o prev ia enc omienda del Consejo Directivo, al tenor
de lo dispuesto por los artículos 84, 87 y 91 de la Ley General de Telecomunicaci ones
No.153-98, dicta la siguiente RESOLUCION:
Antecedentes.
1. En fecha 30 de mayo de 2003, las concesio narias ORANGE DOMINICANA, S. A. (en
lo adelante ORANGE”) y TURITEL, S. A. (en lo adelante “TURITEL”) sus cribieron un
contrato de i nterconexión con el obj eto de regu lar el intercambio de tráfico entre sus
respectivas redes (“Contrato”), así como las condiciones técnicas, económic as y
financieras bajo las cuales se regiría dicha rel ación comercial;
2. En fecha 18 de agosto de 2005, ORANGE y TURITEL s uscribieron un addendum al
indicado Contrato (“ Addendum”), mediante el cual introducen mod ificaciones a las
cláusulas 1, 4.3, 4.4, 4.5, 8.2.7, 10.1.1, 10.1.1.1, 10.1.1.2, 1 0.1.1.3, 10.1.1.4, 10.1.1.5,
10.1.1.6, 10.1.1.7, 10.1.1.8, 10.1.1.9, 10.1.1.10, 10.4, 10. 4.1, 10.6.3, 1 1.3.2.2, 11.4, 15.2
y 15.3 del Contrato, legalizadas sus firmas po r Lic. Aida María Acosta Mo ntero, Notario
Público de los del Número para el Distrito Nac ional;
3. Mediant e carta de fecha 23 de agost o de 2005, recibida en el INDOTEL el día 25 d e
agosto de 2005, la licencia da Marie -Laure Aristy, en su condición de Directora Legal d e
ORANGE, y el señ or Carlos Durán, en s u calidad de Presidente de TURITEL,
depositaron de manera conjunta una copia del Addendum, en cumplimiento a lo
dispuesto por el artícul o 57 de la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98
(“Ley”) y el artículo 24 d el Reglamento Gener al de Interconexión de Redes de Servicios
Públicos de Telecomunicaciones (“Reglamento”);
4. Atendien do al mandato del artículo 57 de la Ley, las c itadas concesionarias
publicaron un extr acto del Addendum mediante espacio pagado aparecid o en la pág ina
7 de la edición del 26 de agosto de 2005 del periódico “El Caribe”.
EL DIRECTOR EJECUTIVO INTERINO DEL I NSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES, DESPUÉS DE HABER ESTUDIADO
Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:
CONSIDERANDO: Que en la especie, este órgano regulador ha sido apoderado de la
modificación introducida por las concesionarias ORANGE y TURITEL en sus relac iones
de interconexión, al tenor de lo dispuesto por el artículo 57 de la Ley General de
Telecomunicaciones No. 153-98 y el artículo 25 del Reglamento General de

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR