Resolución No.050-09 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2009

Número de radicado050-09
Año2009
Fecha de publicación21 Mayo 2009
EmisorConsejo Directivo
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INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 050-09
QUE DECIDE SOBRE LA QUEJA FORMAL PRESENTADA POR COMPAÑÍA DOMINICANA DE
TELEFONOS, C. POR A., EN CONTRA DE TRILOGY DOMINICANA, S. A., POR LA ALEGADA
COMISIÓN DE ACTOS DE COMPETENCIA DESLEAL.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Con sejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones, No.
153-98, del 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido válidamente previa
convocatoria, d icta la siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la Queja Formal presentada ante el INDOTEL por COMPAÑÍA DOMINICANA DE
TELEFONOS, C. POR A., en fecha catorce (14) de n oviembre de do s mil ocho (2008), a los fines de
que este órgan o regulador de las telecomunicaciones diera inicio al proce so de investigación preliminar
en contra de TRILOGY DOMINICANA, S. A., por la alega da comisión de actos de comp etencia
desleal, en c ontra de lo dis puesto en el R eglamento de Libre y Leal C ompetencia pa ra el Sector de las
Telecomunicac iones, por part e de ésta última .
Antecedentes.-
1. Mediante comunicación depositada en fecha 14 de noviemb re de 2008, la concesion aria
COMPAÑÍA DOMINICANA DE TELEFONOS, C. POR A. (en lo adelante “CODETEL”), representad a
por su Director Regulatorio, Lic. Robinson Peña Mieses, interpuso ante este órgano regulador una
Queja F ormal en contra de la co ncesionaria TRILOGY DOMINICANA, S. A., (en lo adelante, VIVA”),
en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Libr e y Leal Competenc ia para el Sector de las
Telecomunicaciones, por alegadamente haber incurrido en la falta muy grave de práctica desleal,
consistente en publicidad engañosa. Esto, a los fines de que la Dirección Ejecutiva del INDOTEL
diera inicio a la investigación preliminar para comproba r l a c omisión de práctica desleal por parte de
VIVA, e n su campaña publicitaria: “¿Sabe s cuánt o pagas por tus lla madas e n tu Plan Prepago?”.
En el indicado escrito, CODETEL concluye c on las siguiente s peticiones:
PRIMERO: DECLARAR regular, buena y válida en cuanto a la forma la presente denuncia y
solicitud de investigación interpuesta contra la campania (sic) Plan Prepago de Viva, publicada
mediante avisos publicados en el Diario Libre en fecha 23 y 27 de octubre y 13 de noviembre, por
haber sido interpuesto conforme a derecho.
SEGUNDO: Proceder a la Investigación Preliminar establecida en el Reglamento de Libre y L eal
Competencia y en virtud de los hechos y fundamentos de hecho y derecho presentados,
ORDENAR abrir una investig ación formal en vi rtud de la cual proceda a a) ADOPTAR las medidas
correctivas contra Viv a por el flagrante incump limiento a lo establecido e n el reglamento de Libre y
Leal Competencia y la Resolución 016-03 del Consejo Directivo de Indotel; y b) ORDENAR l a
cesación inmediata de la campania (sic) Plan Prepago de Viva en la que se re aliza una
comparación desle al con los precios ofertados por Claro .
TERCERO: En ta nto se realiza la inv estigación conform e lo establecido en el Reglamento de Libre y
Leal Competenc ia, ORDENAR a Viva la suspensión de su campani a (sic) publicita ria Plan Prepag o,
o e n s u d efecto, retirar de la misma toda compara ción con precios de Claro. Hacem os notar a la
Honorable Directora Ejecutiva, que el permitir la continuación de la campaña durante el tiempo de la
investigación, puede hacer que el daño que el accionar desleal de Viva ocasiona a Claro sea

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