Resolución No. DE-052-2020 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2020

Año2020
Número de radicado052-2020
Fecha de publicación20 Octubre 2020
EmisorDirección Ejecutiva
DIRECCION EJECUTIVA
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NÚM. DE-052-2020
QUE DECIDE EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR LA SOCIEDAD
APPROVE-IT, INC., CONTRA EL ACTO ADMINISTRATIVO CONTENIDO EN LA COMUNICACIÓN
DE-0000646-20, EMITIDO POR LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DEL INDOTEL EN FECHA 12 DE
MARZO DE 2020.
La Dirección Ejecutiva del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), en el
ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias conferidas por la Ley General de
Telecomunicaciones, núm. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
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ÍNDICE TEMÁTICO
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I. Antecedentes fácticos 1
II. Consideraciones de Derecho 2
A) Objeto del Recurso de Reconsideración 2
B) Competencia de la Dirección Ejecutiva para conocer el presente recurso 3
D) Sobre el Fondo del Recurso de Reconsideración 4
III. Parte Dispositiva 7
I. Antecedentes fácticos
1. En fecha 26 de febrero de 2020, la licenciada Patria Castaño Núñez, en calidad de abogada
representante de la sociedad APPROVE-IT, INC., mediante la correspondencia marcada con el
número de gestión interna 200934, solicitó al órgano regulador la “Homologación para el equipo Label
RFID Finishing Accesory” con las siguientes especificaciones “Modelo Flex Finisher, Marca Avery
Dennison”.
2. En respuesta a la referida solicitud, luego de realizar el correspondiente análisis técnico,
mediante la comunicación marcada con el número de gestión interna DE-0000646-20, de fecha 12 de
marzo de 2020, el INDOTEL dio respuesta a la solicitud de homologación presentada por la sociedad
APPROVE-IT, INC., indicando que la solicitud realizada no cumple con los requisitos técnicos para
su Homologación, lo anterior, debido a que los segmentos de frecuencias comprendidos en el rango
de los 900.0 MHz donde opera el equipo están contenidas en la banda de 824-960 MHz, y se
encuentran atribuidos por el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias (PNAF) al servicio móvil.
3. En fecha 13 de julio de 2020, la Licenciada Patria Castaño Núñez, en calidad de abogada
apoderada de APPROVE-IT, INC., mediante la correspondencia núm. 203804, depositó ante
INDOTEL una comunicación por vía de la cual solicita sea reconsiderada la respuesta emitida
mediante el administrativo dictado mediante la comunicación DE-0000646-20, de fecha 12 de marzo
de 2020, en respuesta a la solicitud de homologación.

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