Resolución No.074-07 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2007

Número de radicado074-07
Año2007
Fecha de publicación17 Abril 2007
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCION No. 074-07
QUE APRUEBA DE MANERA DEFINITIVA “EL PLAN BIANUAL DE PROYECTOS DE
DESARROLLO PARA EL PERÍODO 2007-2009”.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaci ones (INDOTEL), por órgano de su
Consejo Directivo, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley General de
Telecomunicaciones No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta
Oficial No. 9983, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la presente RESOLUCION:
Con motivo de la puesta en consulta pública del “Plan Bianual de Proyectos de Desarrollo
para el período 2007-2009”.
Antecedentes.
1. En fecha 23 de marzo de 2001, el Consejo Directivo del INDOTEL dic su
Resolución No. 016-01, la cual adoptó la “Política Social del Fondo de Desarrollo de
las Telecomunicaciones”;
2. Mediante Resolución No. 040-05, de fecha 7 de abril de 2005, el Consejo Directivo
del INDOTEL aprobó el Plan Bianual de Proyectos 2005-2007;
3. En fecha 14 del mes de febrero del año 2007, el Consejo Directivo del INDOTEL
dictó la Resolución marcada con el No. 018-07 mediante la cual ordenó la puesta en
Consulta Pública del Plan Bianual de Proyectos 2007-2009; decisión ésta cuyo
dispositivo reza textualmente:
“PRIMERO: ORDENAR el inicio del proceso d e consulta pública para dictar
el “Plan Bianual de Proyectos de Desarrollo para el períod o 2007- 2009”,
cuyo texto se encuentra anexo a la presente resol ución, formando parte
integral de la misma.
SEGUNDO: ORDENAR al Director Ejecutivo la publicación de esta
resolución y del Plan Bianual que conforma su anexo en un periódico de
amplia circulación nacional, inmediatamente a partir de lo cual dichos
documentos deberán estar a disposición de los interes ados en la oficinas del
INDOTEL, ubicadas en la pri mera planta del Edificio Osiris, situado en la
Ave. Abrah am Lincoln No. 962, de esta ciudad de Santo Domingo de
Guzmán, Distrito Nacional, así como en la página Web que mantiene esta
institución en la red de Internet, en la dirección www.indotel .gov.do.
TERCERO: DISPON ER un plazo de treinta (30) días c alendarios, contados a
partir de la fecha de la publ icación de la presente Reso lución en un periódico
de amplia circulación nacional, para que los interesados presenten las
observaciones y comen tarios que estimen convenientes al Plan Bianual de
Proyectos de Desarrollo para el período 2007-2009 que conforma el anexo
de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la
Ley General de Telecomunicaciones No . 153-98.
PARRAFO I: Los comentarios y las observaciones a los que hace referencia
el presente artículo deberán ser depositados en formato papel y en formato
electrónico, redactados en idioma español, dentro del plazo anteriormente
2
establecido, en un (1) original y cinco (5) copias, en las oficinas del Instituto
Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), ubicadas en e l Edificio
Osiris, marcado con el número 962 de la Avenida Abraham Lincoln de esta
ciudad de Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la
República Dominicana, de lunes a viernes, en horario de 8:30 A.M. a 5:00
P.M.
PARRAFO II: Venci do el plazo de trein ta (30) días establecido en este
ordinal “Tercero”, no se recibirán más observaciones y no s e concederán
prórrogas.”
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), DESPUÉS DE HABER
ESTUDIADO Y DELIBERADO SOBRE EL CASO:
CONSIDERANDO: Que en virtud de la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98, fue
creado el Instituto Dominicano de las Telecomunicaci ones (INDOTEL), como órgano
regulador de las telecomunicaciones, con carácter de entidad estatal desc entralizada, con
autonomía funcional, jurisdiccional y financiera, patrimonio propio y personalidad jurídica,
con capacidad judicial para adquirir derechos y contraer obligaciones, realizar los actos y
ejercer los mandatos previstos en dicha ley y sus reglamentos;
CONSIDERANDO: Que el artículo 3 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98,
establece entre sus objetivos de interés público y social el de reafirmar el principio del
Servicio Universal, a través de:
i. La garantía en áreas rurales y urbanas de bajos ingresos, de la posibilidad de
acceso a un servicio mínimo y eficaz de telefonía, a precios asequibles,
mediante el libre funcionamiento de los mercados y la utilización de los
mecanismos previstos por esta Ley;
ii. La satisfacción de la demanda de servicios públicos de telecomunicaciones en
condiciones de libre competencia, asegurando la continuidad, generalidad,
igualdad y neutralidad de dichos servicios; y
iii. El libre acceso a las redes y servicios públicos de telecomunicaciones en
condiciones de transparencia y de no discriminación por parte de los prestadores
y usuarios de servicios de telecomunicaciones, los generadores y receptores de
información y los proveedores y usuarios de servicios de información.
CONSIDERANDO: Que la justificación del Plan Bianual de Proyectos está contenida en la
Resolución No. 16-01 del Consejo Directivo, que contiene la Política Social sobre el Servicio
Universal;
CONSIDERANDO: Que según el artículo 43 de la referida Ley No. 153-98, y a los efectos
del cumplimiento de lo establecido en el artículo 3, apartados i) y iii) antes señalado, el
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) en su calidad de órgano
regulador ha formulado el Plan Bianual de Proyectos en el que se establecen los proyectos
concretos que serán financiados a través del Fondo de Desarrollo de las
Telecomunicaciones (FDT), durante el período 2007-2009;
CONSIDERANDO: Que los fondos para el financiamiento de los proyectos de desarrollo
provienen de la Contribución al Desarrollo de las Telecomunicaciones (CDT), de
conformidad con la aplicación mancomunada de los artículos 45 y 46 de la citada Ley;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR