Resolución No.078-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado078-05
Año2005
Fecha de publicación23 Junio 2005
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NO. 078-05
QUE CORRIGE UN ERROR MATERIAL EN LA RESOLUCIÓN NO. 062-05 DEL
CONSEJO DIRECTIVO, QUE AUTORIZA LA SUSCRIPCIÓN DEL ACUERDO
EMPRESARIAL DE LICENCIAMIENTO (MICROSOFT ENTERPRISE AGREEMENT)
ENTRE EL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL) Y MICROSOFT LICENSING, GP.
El INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), por
órgano de su Consejo Directivo, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley
General de Telecomunicaciones No. 153-98, promulgada en fecha 27 del mes de
mayo del año 1998, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la siguiente
RESOLUCIÓN:
CONSIDERANDO: Que en fecha diecinueve (19) del mes de mayo del año dos mil
cinco (2005), este Consejo Directivo del INDOTEL ponderó las ventajas que
resultarían en favor de esta institución en caso de suscribir un nuevo acuerdo con la
sociedad comercial MICROSOFT LICENSING, GP, para la adquisición de las licencias
para productos de software de Microsoft® que utiliza este órgano regulador de las
telecomunicaciones en el desempeño de sus funciones ordinarias; y en consecuencia,
dictó su resolución No. 062-05, cuyo dispositivo establece lo siguiente:
PRIMERO: ACEPTAR la oferta presentada por la empresa MICROSOFT
LICENSING, GP, para la firma del ACUERDO EMPRESARIAL DE
LICENCIAMIENTO (MICROSOFT ENTERPRISE AGREEMENT), con el objeto de
dotar de licencias para los programas de computadora Microsoft® la cantidad de
doscientas noventa (290) estaciones de trabajo, así como los servidores del
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNCACIONES (INDOTEL), por un
período de tres (3) años.
SEGUNDO: AUTORIZAR al Lic. José Alfredo Rizek Vidal, Director Ejecutivo
Interino del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), a
negociar y firmar el correspondiente contrato de licenciamiento con la empresa
MICROSOFT LICENSING, GP, a los fines indicados en el Ordinal Primero que
antecede, por una suma no superior a los Doscientos Cinco Mil Setecientos
Cincuenta y Cuatro Dólares de los Estados Unidos de Norteamérica con 00/100
(US$205,754.00), antes de impuestos.
TERCERO: ORDENAR al Director Ejecutivo Interino la notificación de una copia
certificada de la presente Resolución a la empresa MICROSOFT LICENSING, GP,
su publicación en el Boletín Oficial del INDOTEL y en la página informativa que
mantiene el INDOTEL en la red de Internet.”
CONSIDERANDO: Que en el Ordinal Segundo de esa decisión, así como en el cuarto
“Considerando” de la página número 2 de la misma, este Consejo Directivo cometió,
involuntariamente, un error de redacción, ya que expresó en valores inferiores a los
reales tanto la suma que deberá pagar esta institución por las licencias de los
productos de software de Microsoft®, en caso de mantener el acuerdo de
licenciamiento que se encuentra vigente en la actualidad, como el valor total de la
nueva propuesta de Microsoft®; habiendo expresado, en este caso, el valor de las
renovaciones sucesivas del acuerdo propuesto y no el del acuerdo original para la
adquisición de todas las licencias necesarias para las estaciones de trabajo y
servidores del INDOTEL;

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