Resolución No.082-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado082-05
Año2005
Fecha de publicación23 Junio 2005
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCION NO. 082-05
QUE DESIGNA A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ ESPECIAL Y APRUEBA LAS
BASES PARA LA LICITACION DEL PROYECTO ESPECIAL “APOYO A
PROGRAMAS EDUCATIVOS EN INSTITUCIONES RELIGIOSAS”.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, por órgano de su Consejo Directivo
y de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones No.
153-98, de fecha 27 del mes de mayo del año 1998, ha dictado la siguiente
RESOLUCION:
CONSIDERANDO: Que el INDOTEL es el órgano regulador de las
Telecomunicaciones creado en virtud de la Ley General de Telecomunicaciones No.
153-98, de fecha 27 del mes de mayo del año 1998, con carácter de entidad Estatal
descentralizada, con autonomía funcional jurisdiccional y financiera, patrimonio propio y
personalidad jurídica, con capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer
obligaciones, realizar actos y ejercer los mandatos previstos en dicha ley y sus
reglamentos;
CONSIDERANDO: Que entre los objetivos de EL INDOTEL se encuentra la promoción
del desarrollo de las telecomunicaciones reafirmando el principio del Servicio Universal,
incrementando la cobertura de los servicios de telecomunicaciones, contribuyendo así
al desarrollo económico y social del país mediante la provisión de servicios de telefonía
básica y de servicios avanzados de telecomunicaciones;
CONSIDERANDO: Que la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98 en su
artículo No. 49, dispone que entre las facultades del INDOTEL, se encuentra la de
administrar, en forma independiente de todas sus demás actividades ordinarias, un
“Fondo para la financiación de los proyectos de desarrollo” a cuyo efecto dispondrá de
una cuenta especial y con los recursos de esta cuenta pagará o financiará los proyectos
de desarrollo adjudicados;
CONSIDERANDO: Que en fecha veintitrés (23) del mes de marzo del año dos mil uno
(2001), mediante las Resoluciones Nos. 16-01 y 17-01, dictadas por el Consejo
Directivo del INDOTEL, fueron aprobadas la “Política Social sobre Servicio Universal” y
el “Reglamento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones del INDOTEL”, el
cual constituye el marco reglamentario que organiza la forma en que serán
administrados los recursos del Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones (FDT) y
adjudicados y ejecutados los proyectos a ser financiados con dicho fondo;
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo No. 77 de la Ley
General de Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha 27 del mes de mayo del año
1998, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) tiene a su
cargo promover el desarrollo de las telecomunicaciones, implementando el principio del
Servicio Universal;

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