Resolución No. 085-10 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2010

Número de radicado085-10
Año2010
Fecha de publicación15 Julio 2010
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 085-10
QUE AUTORIZA A WIND TELECOM, S.A., A ENTREGAR A SUPERCANAL, S.A., (CANAL
33 UHF), LOS EQUIPOS ADQUIRIDOS EN EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN NO. 120-08
DE ESTE CONSEJO DIRECTIVO, Y DISPONE LA INSTALACIÓN DE LOS MISMOS EN
ALTO BANDERA Y PEÑA ALTA.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribu ciones que le confiere la Ley General de
Telecomunicac iones, No. 153-98, publicada en la Gaceta Of icial No. 99 83, reunido válidamente
previa convoca toria, dicta la si guiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la ejecución de la Resolu ción No. 120-08, apr obada por el Consejo Directivo del
INDOTEL en fecha 19 de junio de 2008, que dispuso la migración de las frecuencia s
comprendidas en el segmento de banda 2548-2596 MHz registradas a favor de Cable
Televisión Dominicana, S.A. (Supercanal, S.A., Canal 33 UHF), para resolv er las
interferencias que afectan las esta ciones de transmisión de la concesionaria Wind Telecom,
S.A.
Antecedentes.-
1.- El 19 de junio de 2008, el Consejo Directivo del INDOTEL emitió la Resolución No. 120-
08, media nte la cual dispuso la migración de las frecuencias comprendidas e n el segmento de
banda 2548-2596 MHz, registra das a favor de Cable Televisión Dominicana, S.A.
(Supercanal, S.A., Canal 33 UHF), para resolver la s interfer encias que afectan las estaciones
de transmisió n de la conc esionaria Wind Telecom, S.A., la cual en su parte dispositiva d ispone
lo siguiente:
“PRIMERO: ACOGER, como buena y válida, la solicitud de intervención
presentada al INDOTEL por la concesionaria WIND TELECOM, S. A., en fecha
28 de marzo de 2008, a los fines de que este órgano regulador de las
telecomunicacione s identificara y solucionara las interferencia s que afectaba n su
red; así como también, ACOGER, parc ialmente, la propuesta contenida en la
instancia presentada por WIND TELECOM, S. A. al INDOTEL, en fecha 9 de
junio de 2008.
SEGUNDO: En cons ecuencia, DISPONER la migración de las frecuencias
comprendidas en el segmento de 2548-2596 MHz, asignadas por Oficio DGT
No. 00083 de la antigua Dirección General de Telecomunicaciones (DGT) de
fecha 11 de febrero de 1998, a CABLE TELEVISION DOMINICANA
(SUPERCANAL 33), al segmento de frecuencias comprendido en el rango 2150-
2162 MHz, por aplicación de las disposiciones contenidas e n la Nota DOM-50
del Plan Nacional Atribución de F recuencias (PNAF), en u n plazo m áximo de
cinco (5) meses, a contar de la notific ación de la present e decisión.
TERCERO: Por aplicación de la migración dispuesta en esta resolución,
AUTORIZAR a la concesionaria SUPERCANAL, S. A., (CANAL 33 UHF), a
instalar y operar su Sistema de Enlace Punto-Multipunto de MMDS p ara el
enlace de sus transmisores en las loc alidades Alto Bandera; Peña Alta; La

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