Resolución No. 086-06 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2006

Número de radicado086-06
Año2006
Fecha de publicación29 Mayo 2006
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 086-06
QUE DECIDE EL PROCESO SANCIONADOR ADMINISTRATIVO INICIADO CONTRA
LA COMPAÑIA FAMA TAXI, S. A., POR INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE
PAGO DEL DERECHO DE USO (DU) DEL ESPECTRO RADIOELECTRICO.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su
Consejo Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de
Telecomunicaciones No. 153-98, reunido válidamente previa convocatoria, ha dictado la
siguiente RESOLUCION:
Con motivo del proceso sancionador administrativo seguido contra la empresa FAMA
TAXI, S. A., por falta de pago del Derecho de Uso del espectro radioeléctrico (DU).
Antecedentes.
1. Mediante comunicación No. 051215 de fecha 7 de marzo de 2005, el INDOTEL
remitió a la empresa FAMA TAXI, S. A., la factura No. 050225, por el monto de
Cuarenta Mil Pesos Dominicanos (RD$ 40,000.00), generados por concepto del
Derecho de Uso (DU) del espectro radioeléctrico, por las frecuencias del espectro
radioeléctrico asignadas a su favor;
2. Mediante comunicación No. 055411, de fecha 25 de julio de 2005, el INDOTEL le
comunicó a la empresa FAMA TAXI, S. A., que el acuerdo de pago de la factura No.
050225 no fue cumplido, requiriendo el pago inmediato de la primera cuota por un valor
de SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS PESOS DOMINICANOS CON 67/100
(RD$6,666.67), vencida desde el día 30 de junio de 2005;
3. Mediante comunicación No. 060910 de fecha 2 de febrero de 2006, el INDOTEL
reiteró a FAMA TAXI, S. A., que a esa fecha no había recibido el pago de las cuatro (4)
últimas cuotas del acuerdo arribado para cubrir la factura No. 050225, por concepto de
derecho de uso (DU) del espectro radioeléctrico;
4. En virtud de todo lo anterior, el Director Ejecutivo del INDOTEL recomendó al
Consejo Directivo disponer el inicio de un proceso sancionador administrativo en contra
de esa empresa;
5. Mediante comunicación No. 061198, de fecha 17 de febrero de 2006, el Director
Ejecutivo del INDOTEL notificó a la empresa FAMA TAXI, S. A., el inicio de un proceso
sancionador administrativo en su contra, en virtud del incumplimiento de su obligación
de pago del Derecho de Uso (DU) del espectro radioeléctrico, por constituir dicho
incumplimiento una falta muy grave prevista en la Ley No. 153-98. En la referida
comunicación, a la cual se anexaron copias de las piezas documentales que componían
el expediente del caso, se otorgó un plazo de diez (10) días calendario a FAMA TAXI,
S. A., para el ejercicio de su derecho de defensa;

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