Resolución No. 092-18 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2018

Número de radicado092-18
Año2018
Fecha de publicación19 Diciembre 2018
EmisorConsejo Directivo
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 092-18
QUE AUTORIZA AL BANCO INTERCONTINENTAL, S. A., A LA DETENTACIÓN DE LOS
DERECHOS SOBRE LOS TÍTULOS HABILITANTES OTORGADOS A LAS SOCIEDADES
SISTEMA NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN, C. POR A., Y RADIO AZUL, S. A., PARA LA
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN SONORA.
Con motivo de la solicitud de autorización para la transferencia de títulos habilitantes otorgados a
favor de las sociedades SISTEMA NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN, C. POR A. yRADIO AZUL,
S. A., ,para la prestación de servicios de radiodifusión sonora mediante el uso de frecuencias del
espectro radioeléctrico, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL),por
órgano de su Consejo Directivo, en el ejercicio de las facultades conferidas por la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, reunido válidamente previa
convocatoria, dicta la presente RESOLUCIÓN:
Antecedentes.
1. En fecha 18 de julio de 1994 la antigua Dirección General de Telecomunicaciones (DGT),
emitió la Licencia No. 366, en virtud de la cual otorga a favor de la sociedad RADIO AZUL, S. A.,el
derecho de uso de la frecuencia 94.3 MHz con su transmisor ubicado en la ciudad de Santiago.
2. Posteriormente, dicha Dirección en fecha 9 de febrero de 1995, emitió la Licencia No. 231,
en virtud de la cual otorga a favor de la sociedad SISTEMA NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN, C.
POR A., el derecho de uso de la frecuencia 103.7 MHz (Power 103 MHz) con su transmisor
ubicado en la ciudad de Santo Domingo.
3. En fecha 6 de agosto de 1996, la referida Dirección General de Telecomunicaciones (DGT),
tuvo a bien expedir las siguientes licencias: a) Licencia No. 316, en virtud de la cual otorga a favor
de la sociedad SISTEMA NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN, C. POR A., el derecho de uso de la
frecuencia 920 KHz con su transmisor ubicado en la ciudad de Santo Domingo; b) Licencia No.
367, en virtud de la cual otorga a favor de la sociedad RADIO AZUL, S. A., el derecho de uso de la
frecuencia 1190 KHz con su transmisor ubicado en la ciudad de Santiago; y c) Licencia No. 1768,
en virtud de la cual otorga a favor de la sociedad RADIO AZUL, S. A., el uso de la frecuencia
947.100 MHz para el establecimiento de un enlace radioeléctrico.
4. El 9 de enero de 2003, el Consejo Directivo del INDOTEL, mediante Resolución No. 007-03,
autorizó la transferencia del control social de la sociedad SISTEMA NACIONAL DE
RADIODIFUSIÓN, C. POR A., a favor de la sociedad ONDAS Y MEDIOS, S. A. ;
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5. En fecha 16 de enero de 2003, el Consejo Directivo del INDOTEL, mediante Resolución No.
008-03, autorizó la operación de transferencia del control social de la sociedad RADIO AZUL, S.
A., a favor de la sociedad ONDAS Y MEDIOS, S. A.
1Nótese que la sociedad INTERCONTINENTAL DE MEDIOS, S. A.,es la titular del control social de la sociedad
INMOBILIARIA R. B, S. A., la cual a su vez ostenta el control social de ONDAS Y MEDIOS, S. A., que es, por su parte,
quien detenta el control social del SISTEMA NACIONAL DE RADIODIFUSIÓN, C. POR A., titular de las autorizaciones
para el uso de las frecuencias 920 KHz y 103.7 MHz.

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