Resolución NO-DE-095-06 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2006

Número de radicado095-06
Año2006
Fecha de publicación17 Agosto 2006
EmisorDirección Ejecutiva
1
INSTITUTODOMINICANODELASTELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓNNo.DE09506
QUEDISPONELAINSPECCIÓN,CLAUSURAEINCAUTACIÓNPROVISIONALDE
LAS INSTALACIONES Y EQUIPOS DE TELECOMUNICACIONES DE EMPRESAS
DE DIFUSIÓN POR CABLE QUE OPERAN DE MANERA ILEGAL EN LA
PROVINCIALAALTAGRACIA.
ElInstitutoDominicano delas Telecomunicaciones (INDOTEL),po rórgano desu
Director Ejecutivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de
Telecomunicaciones No. 15398, de fecha 27 de mayo de 1998, actuando previa
encomienda del Consejo Directivo dada en reunión de fecha 20 de junio de 2006,
dictalasiguienteRESOLUCIÓN:
Antecedentes.
1. En junio de 2004, la Gerencia de Inspección del INDOTEL realizó el estudio
denominado “Empresas de Servicio s de TV por Cable que ope ran en la República
Dominicana”, con laf inalidad de determinarl acan tidadde empresa sen el territorio
nacionaldedicadasaofreceresteservicio;
2. Dichoestudioarrojóelnúmerototaldeempresasde serviciodetelevisiónporcable
porprovinciasqueoperabahastaelmomentoenelpaís;
3. A partir del precitado levantamiento, la Dirección Ejecutiva ordenó en el mes de
diciembre de 2005, un segundo estudio a  cargo de las gerencias de Inspección y
Concesiones yLicencias, enel cual sehiciera constar cualesde esas empresasque
ofertaban los serviciosde televisión por cable en el país, operaban sin contar con la
debidaautorizacióndelINDOTEL;
4. En fecha 14 de diciembre de  2005, y en atención a dicha solicitud, se hace de
conocimiento del Consejo Direc tivo del INDOTEL, vía esta Dirección Ejecutiva, el
estudiodenominado “Empresasde Serviciosde TV porCable queoperan demanera
ilegalenlaRepúblicaDominicana”;
5.En fecha17 de enerode 2005,fue ronconvocados alas oficinas delINDOTEL los
representantes de las empresas de servicios de televisión por cable que se había
comprobadooperaban demanerai legal,otorgándoseles unplazod egraciade treinta
(30) días calendario, a los fines de d epositar los documentos necesarios para su
legalización;
6. Que a la fec ha, la razón social EMPRESAS DE SERVICIOS TELE VISIVOS DE
HIGÜEY (TELECABLE NISIBÓN) no  ha obtemperado a los requ erimientos de este
órgano regulador, manteniendo sus operaciones en l a provincia La Altagracia en
francaviolaciónalalegislacióndetelecomunicacionesvigente;
7.En consecuencia,en su sesiónde fecha20 dejunio de2 006,el ConsejoDirectivo
del INDOTEL encomendó al Director Ejecutivo la inspección, clausura e incautación
provisionaldelasinstalaciones yequiposdetelecomunicacionesde dichaempresade
cable.

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