Resolución No. 098-03 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2003

Número de radicado098-03
Año2003
Fecha de publicación28 Noviembre 2003
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCION NO. 098-03
QUE ORDENA EL INICIO DEL PROCESO DE CONSULTA PUBLICA PARA
DICTAR: “EL PLAN BIANUAL DE PROYECTOS”
2003-2005
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones, a través del Consejo Directivo
y de conformidad con las disposiciones combinadas de los artículos 78 y 84 de la
Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98, ha dictado la siguiente
RESOLUCION:
CONSIDERANDO: Que el artículo 3 de la Ley General de Telecomunicaciones
No. 153-98, establece entre sus objetivos esenciales el de reafirmar el principio de
Servicio Universal, a través de:
i. La garantía en áreas rurales y urbanas de bajos ingresos, de la provisión de
acceso a un servicio mínimo y eficaz de telefonía, a precios asequibles,
mediante el libre funcionamiento de los mercados y la utilización de los
mecanismos previstos por esta Ley;
ii. La satisfacción de la demanda de servicios públicos de telecomunicaciones
en condiciones de libre competencia, asegurando la continuidad,
generalidad, igualdad y neutralidad de dichos servicios; y
iii. El libre acceso a las redes y servicios públicos de telecomunicaciones en
condiciones de transparencia y de no discriminación por parte de los
prestadores y usuarios de servicios de telecomunicaciones, los
generadores y receptores de información y los proveedores y usuarios de
servicios de información.
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 43 de la referida Ley, el
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), formulará,
bianualmente, un plan de proyectos que serán financiados a través del Fondo de
Desarrollo de las Telecomunicaciones, los que se denominarán “Proyectos de
Desarrollo”.
CONSIDERANDO: Que los fondos para el financiamiento de los proyectos de
desarrollo, provienen mayormente de la Contribución al Desarrollo de las
Telecomunicaciones (CDT), de conformidad con lo estipulado en los artículos 45 y
46 de la citada Ley.
2
CONSIDERANDO: Que una vez adjudicado cada proyecto, el Instituto
Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) dará seguimiento a la
ejecución del mismo, de acuerdo a lo que disponga la reglamentación, de
conformidad con el artículo 43.2 de la mencionada Ley.
CONSIDERANDO: Que el artículo 44.1 del marco legal indicado establece que:
“Los proyectos serán adjudicados por concurso público al oferente calificado que
solicite menor subsidio, calculado sobre bases homogéneas preestablecidas, y
contendrán indicación de zona de servicio; calidad de servicio; tarifa máxima
aplicable, en su caso, plazos de prestación del servicio y penalidades por
incumplimiento”.
CONSIDERANDO: Que el desarrollo de la infraestructura de telecomunicaciones
constituye un factor determinante en el crecimiento económico y el bienestar social
de la población dominicana.
CONSIDERANDO: Que la existencia de una plataforma de telecomunicaciones
que amplíe la oferta de servicios de telefonía básica y de servicios avanzados de
telecomunicación en el sector rural y urbano de bajos ingresos, facilitará el
desarrollo de programas educativos, culturales y de atención a la salud por parte
de las instituciones de servicio público y la capacidad productiva de sus
comunidades.
CONSIDERANDO: Que para alcanzar el objetivo de Servicio Universal, el Instituto
Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) ha trazado una política de
largo plazo coherente con las disposiciones de la Ley General de
Telecomunicaciones No. 153-98, a los fines de promover el desarrollo del mercado
de las telecomunicaciones.
CONSIDERANDO: Que tomando como base los lineamientos contenidos en la
Política Social sobre el Servicio Universal a que hemos hecho referencia en el
considerando anterior, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones
(INDOTEL) ha seleccionado los proyectos que serán objeto de concurso público
durante el período 2003-2005;
CONSIDERANDO: Que el Plan Bianual de Proyectos contiene los proyectos de
desarrollo de las telecomunicaciones que serán financiados por el Instituto
Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) para ser ejecutados por el
sector privado con la finalidad de incrementar la cobertura de acceso a servicios
de telecomunicaciones de la población rural y urbana de bajos ingresos, lo cual
tiene a favorecer la expansión de la oferta y la demanda de estos tipos de servicio
en el mercado local;
CONSIDERANDO: Que el INDOTEL ha culminado satisfactoriamente con la
implementación de los proyectos de desarrollo incluidos en el Plan Bianual de
Proyectos 2001-2003, por lo que es necesario aprobar el plan Bianual de

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