Resolución No. 101-02 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2002

Número de radicado101-02
Año2002
Fecha de publicación27 Noviembre 2002
EmisorConsejo Directivo
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NO. 101-02
QUE PRECISA EL PERÍODO DE INSTALACIÓN DEL INDOTEL Y DISPONE
LOS AJUSTES A LA CONTABILIDAD DEL INDOTEL RECOMENDADOS POR
LA FIRMA DE CONTADORES INDEPENDIENTES
PRICEWATERHOUSECOOPERS.-
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), a través del
Consejo Directivo, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley General
de Telecomunicaciones No. 153-98, promulgada en fecha 27 de mayo de 1998,
reunido válidamente previa convocatoria, dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
CONSIDERANDO: Que el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones
(INDOTEL) contrató a la firma de contadores independientes
PRICEWATERHOUSECOOPERS, para realizar la auditoria a sus estados
financieros cortados al 31 de diciembre del 2000 y del 2001;
CONSIDERANDO: Que en ejecución de la contratación antes señalada, la
PRICEWATERHOUSECOOPERS, procedió a auditar el estado de posición
financiera del INDOTEL al 31 de diciembre del 2001 y 2000 y los
correspondientes estados de ingresos, gastos y excedentes de ingresos sobre
gastos y de flujos de efectivo por los años terminados en esas fechas, conforme
indica en sus informes preliminares del 9 de agosto del 2002;
CONSIDERANDO: Que como resultado de la labor desarrollada por la
PRICEWATERHOUSECOOPERS, en los informes preliminares remitidos por
esta última al INDOTEL, esa firma auditora incluye en sus opiniones algunas
excepciones puramente contables que a su criterio, podrían ser eliminados
previo a la emisión definitiva de sus informes de auditoría, si son adoptadas por
el INDOTEL ciertas decisiones al respecto;
CONSIDERANDO: Que en los informes preliminares de la firma auditora del 9
de agosto del 2002, excepto por nota 10 fechada el 28 de agosto del 2002 se
consigna textualmente que “el Consejo Directivo del INDOTEL mediante la
resolución No. 07-00 del 25 de julio del 2000, definió los primeros doce meses
del período de instalación del órgano regulador desde julio de 1999 a julio del
2000, que de acuerdo con el artículo 121 de la Ley No. 153-98 se establece a
partir de la promulgación en mayo de 1998”;

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR