Resolución No. 106-03 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2003

Número de radicado106-03
Año2003
Fecha de publicación19 Diciembre 2003
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NO. 106-03
QUE SE PRONUNCIA PRELIMINARMENTE SOBRE LA ENTRADA EN
VIGENCIA DE LA INDEXACIÓN DE LOS CARGOS DE ACCESO POR
VARIACIÓN EN LA TASA DE CAMBIO DE REFERENCIA, EN VIRTUD DE LA
SOLICITUD DE INTERVENCIÓN PRESENTADA POR LA CONCESIONARIA
ECONOMITEL, C. POR A.
RESULTA: Que en fecha diecinueve (19) de noviembre del presente año dos mil
tres (2003), la concesionaria de servicios públicos de telecomunicaciones
ECONOMITEL, C. POR A., depositó ante el órgano regulador una instancia,
copiada a CODETEL, C. POR A., TRICOM, S.A., ORANGE DOMINICANA, S.A.
y ALL AMERICA CABLES AND RADIO, INC.- DOMINICAN REPUBLIC
(AACR-CENTENNIAL DOMINICANA), mediante la cual solicitó la intervención
del INDOTEL, “a los fines de expresar sus observaciones y condiciones, para la entrada en
vigencia de los ajustes de cargos de acceso por variación en la tasa de cambio”, en la cual
concluye de la manera siguiente:
Único: Que ordene a todas las prestadoras de servicios públicos de
telecomunicaciones la entrada en vigencia de los ajustes a los cargos de acceso
por variación de la tasa de cambio, a partir de que las prestadoras
interconectadas declaren conjuntamente haber realizado los ajustes en sus
sistemas de facturación, certificando que los cargos de acceso entre prestadoras
de servicios públicos de telecomunicaciones interconectadas, no sean mayores
que los cargos de acceso a los usuarios que utilicen los servicios entre
prestadoras.”;
RESULTA: Que en fecha veintisiete (27) de noviembre del año dos mil tres
(2003), CODETEL, C. POR A. presentó su “ESCRITO DE REPLICA a la Solicitud de
Intervención de ECONOMITEL a los fines de expresar observaciones y condiciones para la
entrada en vigencia de los ajustes de cargos de acceso por variación en la tasa de cambio.”, en
el cual concluye de la manera siguiente:
PRIMERO: DECLARAR regular y válido en cuanto a la forma el presente escrito
de réplica por haber sido interpuesto en tiempo hábil y conforme al derecho.
SEGUNDO: De manera principal: COMPROBAR Y DECLARAR que en la
especie, la relación de interconexión entre CODETEL y ECONOMITEL está
regida por lo dispuesto en el Contrato de Interconexión suscrito libre y
voluntariamente por ambas partes y que dentro del mismo existe, en el numeral
10.5 un procedimiento para el ajuste del valor de los cargos de acceso en
función a la variación de la tasa de cambio, el cual ha sido aplicado para la
implementación de los nuevos cargos de acceso vigentes a partir del 1º de
noviembre de 2003.

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