Resolución No. 127-06 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2006

Número de radicado127-06
Año2006
Fecha de publicación01 Agosto 2006
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No.
127
-
06
QUE
TURITEL, S.
A. PARA TRANSFERIR A FAVOR DE LA CONCESIONARIA
M&J
WIRELESS TECHNOLOGIES DOMINICANA, S.A.
, LOS DERECHO
S PARA EL USO DEL
SEGMENTO DE FRECUENCIAS COMPRENDIDO ENTRE LOS
3490
MHz
HAST
A
LOS
3530
MH
z.
El
Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL),
por órgano de su
Consejo Directivo, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153
-
98, de fecha 27 de mayo de 1998, reunido válidamente previa
convocatoria, dicta la siguiente
RESOLUCIÓ
N:
Con motivo de la solicitud presentada por la
s sociedades
TURITEL, S. A.
,
y
M&J
WIRELESS TECHNOLOGIES DOMINICANA, S. A.
,
a
los fines de que sean
transferidos los
derechos conferidos
a la primera por la antigua Dirección General de Telecomunicaciones
(DGT),
para el uso del segmento
de frecuencias
comprendido entre l
o
s 3490 a 3530 MHz
,
con un espaciamiento de 40 MHz
, para la
ope
ración de un sistema inalámbrico para servicio
telefónico a nivel nacional
,
bajo la tecnología “spread spectrum”
.
Antecedentes
.
-
1.
En comunicación de fecha once (11) del mes de abril del año dos mil seis (2006
), la
s
concesionarias
TURITEL, S. A.
y
M&J W
IRELESS TECHNOLOGIES DOMINICANA, S. A.,
presentaron
una instancia por ante el
INDOTE
L
, a los fines de que sea
n
traspasado
s
a
favor de la sociedad comercial
M&J WIRELESS TECHNOLOGIES DOMINICANA, S. A.,
los derechos con
tenidos en el o
ficio de asignación No
. DGT 0165, expedido
por la antigua
Dirección General de Telecomunicaciones (DGT)
en fecha 17 de febrero de 1998
, a nombre
de la
sociedad
TURITEL, S. A.
,
que le autoriza la puesta en operación de un sistema
inalámbrico para servicio telefónico a nivel nac
ional bajo la tecnología “spread spectrum” en
el segmento radioeléctrico comprendido entre las frecuencias
3490 a 3530 MHz
;
2.
En fecha diecisiete (17) de abril del año dos mil seis (2006)
,
TURITEL, S. A.
depositó en
el
INDOTEL
documentos complementarios
que amparan la solicitud de autorización de
transferencia previamente señalada;
3.
En fecha veintiuno (21) de abril del año dos mil seis (2006)
, la concesionaria
M&J
WIRELESS
TECHNOLOGIES DOMINICANA, S. A.
depositó en el
INDOTEL
documentos
que avalan la
solicitud de autorización de transferencia antes indicada;
4
.
En fecha veintiuno (21) de abril del año dos mil seis (2006), la concesionaria
ALL
AMERICA CABLES AND RADIO INC.
DOMINICAN REPUBLIC,
notificó al
INDOTEL
el
acto de alguacil No.
335/2006
, inst
rumentado por la ministerial Clara Morcelo,
mediante el
cual
solicita
lo siguiente:
PRIMERO:
SE OPONE FORMALMENTE a que el INSTITUTO DOMINICANO DE
TELECOMUNICACIONES (INDOTEL) autorice la transferencia, cesión o
pignoración, a cualquier título, ya sea on
eroso o gratuito de las licencias o
concesiones de las que pueda ser titular la sociedad
TURITEL, S. A.
; por las razones
antes expuestas;

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