Resolución No. 129-09 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2009

Número de radicado129-09
Año2009
Fecha de publicación30 Noviembre 2009
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 129-09
QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE SUSPENSION PROVISIONAL DE LA
RETRANSMISIÓN DE LA SEÑAL DE MEGAVISION CANAL 43, A TRAVÉS DEL SERVICIO
PUBLICO DE DIFUSION POR CABLE PRESTADO POR ASTER COMUNICACIONES, S.A.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, del 27 de mayo 1998, publicada en la Gaceta Oficial No.
9983, reunido válidamente previa convocatoria, dicta la presente RESOLUCION:
Con motivo de la solicitud de suspensión provisional elevada ante el INDOTEL por la entidad
ASTER COMUNICACIONES, S.A., contra MEGAVISION CANAL 43, por alegado
incumplimiento de las disposiciones establecidas por el Reglamento del Servicio de Difusión por
Cable dictado por el ente regulador de las telecomunicaciones.
Antecedentes.-
1. ASTER COMUNICACIONES, S.A., es una empresa operadora de servicios públicos de
difusión por cable, concesionaria del Estado dominicano, que opera acorde con la Ley
General de Telecomunicaciones, No.153-98, y los reglamentos vigentes.
2. MEGAVISION CANAL 43, es una empresa prestadora de servicios públicos de radiodifusión
televisiva, concesionaria del Estado dominicano para operar en el segmento de banda 644 -
650 MHz (Canal 43), según obra en los registros de este órgano regulador de las
telecomunicaciones, el cual opera de acuerdo a las disposiciones de la Ley General de
Telecomunicaciones, No.153-98, y los reglamentos vigentes;
3. El día 3 de junio de 2009, la concesionaria ASTER COMUNICACIONES, S.A. (en lo
adelante “ASTER”), mediante comunicación fechada el 1° de junio de 2009, dirigida a la
concesionaria MEGAVISION CANAL 43, reclamó el pago de un supuesto balance adeudado
por concepto de facturas vencidas en ejecución del contrato de retransmisión del 19 de
noviembre de 2008, otorgándole un plazo para que, a más tardar el día 28 de junio de 2009,
MEGAVISION CANAL 43, procediera a saldar el monto que, según la primera ésta le
adeudaba con motivo del servicio de retransmisión de sus señales en el sistema de cable de
ASTER.
4. Elde julio de 2009, la sociedad ASTER depositó ante el INDOTEL una Solicitud de
suspensión provisional de la retransmisión de la señal de MEGAVISION CANAL 43,
mediante la cual concluía solicitando lo siguiente:
UNICO: Ordenar la suspensión provisional de las retransmisiones de las señales
de Megavisión, Canal 43, por estar el mismo incumpliendo con la obligación de
pago puesta a su cargo, conforme al contrato de retransmisión suscrito entre las
partes en fecha 19/12/2005.

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