Resolución No. 136-10 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2010

Número de radicado136-10
Año2010
Fecha de publicación22 Septiembre 2010
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 136-10
QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE CONCESION Y LICENCIA PRESENTADA POR LA
FUNDACION FRANK & HAYDEE RAINIERI PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PUBLICO DE
RADIODIFUSION SONORA A TRAVES DE LA FRECUENCIA 99.1 MHZ, EN LA LOCALIDAD DE
PUNTA CANA, DE LA PROVINCIA LA ALTAGRACIA.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo y de confor midad c on las disposiciones de la Ley Gen eral de Telecomunicaciones, No. 153-
98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido válidamente previa
convocatoria, d icta la siguient e RESOLUCIÓN:
Con motivo de la solicitud presentada por la FUNDACION FRANK & HAYDEE RAINIERI para la
obtención de una concesión y licencia para la prestación del se rvicio públi co de radiodifusión sonora a
través de la frecuencia 99.1 MHz, en la localidad de Punt a Cana, de la Provincia La Altagracia, en
fecha 2 de marzo de 2010.
Antecedentes.
1. E l d ía 2 de marzo de 2010, la FUNDACION FRANK & HAYDEE RAINIERI, presentó por ante el
INDOTEL una so licitud de conces ión y licencia para la presta ción del servicio público de radiodifusión
sonora pa ra la operación de la frecuencia 99.1 MHz en la localidad de Pu nta Cana, de la Provincia La
Altagracia, en apego a las disposiciones contenidas en la Ley No. 153-98, el Reglamento para el
Servicio de Radiodifusión Sonora en Frecu encia Modulada (FM) y el Reglamento de Concesiones,
Inscripciones en Re gistros Es peciales y Licencias para prestar S ervicios d e Telecom unicaciones en la
República Dom inicana;
2. El Ing. Justin Subero, del De partamento de Gestión y Monitoreo del Espe ctro Radioeléctrico del
INDOTEL, rin dió en fecha 8 de marzo de 2010, un in forme respecto de la dispo nibilidad de la
frecuencia so licitada por la FUNDACION FRANK & HAYDEE RAINIERI, mediante el cual se confirm a
que actualmente se encuentra disponible la frecuencia 99.1 MHz y se establece que la asignación de
la misma no causaría ningún conflicto entre la operación de esta nueva estación y las estaciones
adyacentes ya existentes,
3. Mediante comunicación marcada con el número 10002426, con fecha 23 de marzo de 2010, el
INDOTEL informó a la FUNDACION FRANK & HAYDEE RAINIERI, el cum plimiento d e los requisitos
exigidos para la obtención de la conce sión y licen cia, conforme lo dispuesto por la Ley General de
Telecomunicac iones, N o. 153-9 8, del 27 de mayo de 1998, y sus reglamentos previamente indicados,
solicitándole asimismo, en ejecución del proceso de asig nación aplicable, la public ación en un
periódico de circulación nacion al del extracto de solicitud an exado a la refer ida comunicación;
4. En tal virtud, el día 26 de marzo de 2010, la FUNDACION FRANK & HAYDEE RAINIERI, publicó
en la página veintinueve (29) del periódico “El Nuevo Diarioel correspondiente aviso de solicitud de
concesión y licencia, para la prestación del servicio público de radiodifusión sonora a trav és de la
frecuencia 99.1 M Hz, en la lo calidad d e Punta Cana, de la provincia La Alta gracia, para que cualquier
persona interesada formulara sus observaciones u objeciones al otorgamiento de la concesión y

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