Resolución no. 144-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado144-05
Año2005
Fecha de publicación21 Septiembre 2005
EmisorConsejo Directivo
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INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NO. 144-05
QUE DESIGNA A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ ESPECIAL, APRUEBA LAS
BASES PARA LA LICITACIÓN Y ORDENA LA CONVOCATORIA A CONCURSO
PÚBLICO PARA EL PROYECTO ESPECIAL “APOYO A LA CAPACITACIÓN EN LAS
TIC (FASE II): INSTITUCIONES EDUCA TIVAS, HOGARES INFANTILES,
BIBLIOTECA ARTILLENSE Y CODIA”.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgan o de su
Consejo Directivo y de conformidad con las disposiciones de los artículos 84 y 91 de la
Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, pro mulgada el ve intisiete (27) del mes
de mayo de mil novecientos noventa y ocho (199 8), reunido válidamente previa
convocatoria, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN:
CONSIDERANDO: Que el INDOTEL es el órgano regulador de las
Telecomunicaci ones creado en virtud de la Ley General de Telecomunicaciones No.
153-98, de fech a 27 del mes de mayo d el año 1998, con carácter de entidad Estatal
descentralizada, con autonomía funcional jurisdiccional y financ iera, pat rimonio pr opio y
personalidad jurídica, con cap acidad jurí dica par a adquirir derechos y contraer
obligaciones, realizar actos y ejercer los mandatos pr evistos en dicha ley y sus
reglamentos;
CONSIDERANDO: Que entre los objetivos del INDOTEL se encuentra la promoció n
del desarrollo de las telec omunicaciones, reafirmando el principi o del Servic io Universal,
incrementando l a cobertura de los servicios de telecomunic aciones, co ntribuyendo así al
desarrollo económico y social del país mediante la provisión de servici os de telefonía
básica y de servic ios avanzados de telecomunic aciones;
CONSIDERANDO: Que la Ley General de Telec omunicaciones No. 153-98 dispone en
su artícul o 49 que entre las facultades del INDOTEL s e encuent ra la de ad ministrar, en
forma independiente de todas sus demás activi dades ordinarias, un “Fondo para la
financiación de los proyectos de desarrollo”, a cuyo efecto dispondrá de una cuenta
especial y con los rec ursos de esta cuenta pagará o fina nciará los proyectos de
desarrollo adjudic ados;
CONSIDERANDO: Que en fecha veintitrés (23) del mes de marz o del año dos mil uno
(2001), mediante las Res oluciones Nos. 16-01 y 17-01, dictadas por el Consejo
Directivo del INDOTEL, fu eron apr obadas la “Polí tica Social sobre Servicio Universal” y
el “Reglam ento del Fondo de Desarrollo de las Telecomunic aciones del INDOTEL”, que
constituyen el marco reglamentario que organiza la forma en que serán adminis trados
los recursos del Fondo de Desarrollo de las Te lecomunicacion es (FDT) y ad judicados y
ejecutados los pr oyectos a ser financiados con dicho fondo;
CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley
General de Telecomunicaciones No. 153-98, de fecha 27 del mes de mayo del año
1998, el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL) tiene a su

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