Resolución no. 145-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado145-05
Año2005
Fecha de publicación21 Septiembre 2005
EmisorConsejo Directivo
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INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN NO. 145-05
QUE DESIGNA A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ ESPECIAL, APRUEBA LAS
BASES PARA LA LICITACIÓN Y ORDENA LA CONVOCATORIA A
CONCURSO PÚBLICO PARA LA LICITAR EL PROYECTO ESPECIAL
“CENTRO DE INTERNET – BIBLIOTECA NACIONAL PEDRO HENRÍQUEZ
UREÑA”.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano
de su Consejo Directivo y de conformidad con las disposiciones de los artículos
84 y 91 de la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, promulgada el
veintisiete (27) del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho (1998),
reunido válidamente previa convocatoria, ha dictado la siguiente RESOLUCIÓN:
CONSIDERANDO: Que el INDOTEL es el órgano regulador de las
Telecomunicaciones creado en virtud de la Ley General de Telecomunicaciones
No. 153-98, de fecha 27 del mes de mayo del año 1998, con carácter de entidad
Estatal descentralizada, con autonomía funcional jurisdiccional y financiera,
patrimonio propio y personalidad jurídica, con capacidad jurídica para adquirir
derechos y contraer obligaciones, realizar actos y ejercer los mandatos previstos
en dicha ley y sus reglamentos;
CONSIDERANDO: Que entre los objetivos del INDOTEL se encuentra la
promoción del desarrollo de las telecomunicaciones, reafirmando el principio del
Servicio Universal, incrementando la cobertura de los servicios de
telecomunicaciones, contribuyendo así al desarrollo económico y social del país
mediante la provisión de servicios de telefonía básica y de servicios avanzados
de telecomunicaciones;
CONSIDERANDO: Que la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98
dispone en su artículo 49 que entre las facultades del INDOTEL se encuentra la
de administrar, en forma independiente de todas sus demás actividades
ordinarias, un “Fondo para la financiación de los proyectos de desarrollo”, a cuyo
efecto dispondrá de una cuenta especial y con los recursos de esta cuenta
pagará o financiará los proyectos de desarrollo adjudicados;
CONSIDERANDO: Que en fecha veintitrés (23) del mes de marzo del año dos
mil uno (2001), mediante las Resoluciones Nos. 16-01 y 17-01, dictadas por el
Consejo Directivo del INDOTEL, fueron aprobadas la “Política Social sobre
Servicio Universal” y el “Reglamento del Fondo de Desarrollo de las
Telecomunicaciones del INDOTEL”, que constituyen el marco reglamentario que
organiza la forma en que serán administrados los recursos del Fondo de

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