Resolución no. 151-05 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2005

Número de radicado151-05
Año2005
Fecha de publicación13 Octubre 2005
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCION No. 151-05
QUE DECIDE EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR LA
ASOCIACIÓN DOMINICANA DE COMPAÑÍAS DE CABLE VIA SATÉLITE, INC.
(ADOCASA), TELEVISIÓN POR CABLE, S. A. (TELECASA), TELEVIADUCTO, S. A.,
TELECABLE COMPOSTELA, S. A., TELE COTUI, S. A., CABLEVISION JARABACOA,
S. A., TELECABLE BANILEJO, S. A. Y MAO CABLEVISIÓN, S. A., CONTRA LA
DECISION DICTADA IN VOCE POR EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INDOTEL
DURANTE LA AUDIENCIA PÚBLICA CELEBRADA EN FECHA CINCO (5) DE JULIO
DE DOS MIL CINCO (2005).
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su
Consejo Directivo, reunido válidamente previa convocatoria, en ejercicio de las
atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones No. 153-98 del
veintisiete (27) de mayo de mil novecientos noventa y ocho (1998), dicta la siguiente
RESOLUCIÓN:
Con motivo del Recurso de Reconsideración interpuesto por la ASOCIACIÓN
DOMINICANA DE COMPAÑÍAS DE CABLE VIA SATÉLITE, INC. (ADOCASA),
TELEVISIÓN POR CABLE, S.A. (TELECASA), TELEVIADUCTO, S.A., TELECABLE
COMPOSTELA, S.A., TELE COTUI, S.A., CABLEVISION JARABACOA, S.A.,
TELECABLE BANILEJO, S.A., y MAO CABLEVISIÓN, S.A., en fecha doce (12) de julio
del año dos mil cinco (2005) en contra de su decisión dictada in voce durante la
audiencia pública celebrada en fecha cinco (5) de julio de dos mil cinco (2005), sobre la
solicitud de inhibición propuesta por dichas entidades a las siguientes integrantes del
Consejo Directivo del INDOTEL: Dr. José Rafael Vargas, Presidente; Dr. Juan Antonio
Delgado, Lic. Leonel Melo Guerrero y Lic. David A. Pérez, Miembros.
Antecedentes:
1. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 93 de la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, en fecha dieciocho (18) del mes de marzo del año dos
mil cinco (2005), el Consejo Directivo del INDOTEL dictó la Resolución No. 032-05, que
ordenó el inicio del proceso de Consulta Pública para modificar la Resolución No. 047-02:
“Que aprueba el Reglamento para el Servicio de Difusión por Cable”, cuyo dispositivo
reza, textualmente, de la manera siguiente:
“PRIMERO: ORDENAR el inicio del proceso de consulta pública para modificar la
Resolución No. 047-02 del 20 de junio de 2002, la cual aprueba el “Reglamento
para el Servicio de Difusión Televisiva por Cable”;
SEGUNDO: DISPONER que la presente Resolución y la propuesta de
Reglamento sean publicados en un periódico de amplia circulación nacional, y que
el proyecto indicado en el Ordinal Primero que precede esté a disposición del
público, inmediatamente y a partir de la publicación de la presente Resolución, en
las oficinas del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL),
ubicadas en la primera planta del Edificio Osiris, situado en la Avenida Abraham

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