Resolución no. 157-10 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2010

Número de radicado157-10
Año2010
Fecha de publicación05 Noviembre 2010
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 157-10
QUE OTORGA PODERES DE FIRMA PARA LA APROBACIÓN DE DESEMBOLSOS, PAGOS Y EL
MANEJO DE LAS CUENTAS BANCARIAS E INSTRUMENTOS FINANCIEROS DEL INDOTEL.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo y de conformidad con las disposiciones de los artículos 84 y 91 de la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153-98, promulgada el 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial
No. 9983, reunido válidamente previa convocatoria, ha dictado la presente RESOLUCIÓN:
Con motivo de los recientes cambios dispuestos por el Consejo Directivo del Instituto Dominicano de
las Telecomunicaciones (INDOTEL), al tenor de la Resolución No. 156-10, entre los funcionarios y la
estructura organizacional del INDOTEL.
Antecedentes.-
1. El 27 de octubre de 2008, el Consejo Directivo del INDOTEL aprobó la Resolución No. 186-08,
la cual, en el ordinal “Segundo” de su parte dispositiva, decidió la creación de una estructura
compuesta por dos grupos de funcionarios del órgano regulador, quienes a tenor de la citada
resolución quedaron facultados para aperturar o cerrar cuentas bancarias, girar cheques,
endosar y realizar retiros de las cuentas registradas a nombre del INSTITUTO DOMINICANO
DE LAS TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), y, de manera particular, sobre la cuenta
identificada con el número 240-005122-9, que mantiene con el Banco de Reservas de las
República Dominicana;
2. El 5 del mes de noviembre de 2010, el Consejo Directivo del INDOTEL aprobó la Resolución
No. 156-10, mediante la cual designa nuevos funcionarios y dispone cambios en la estructura
organizacional del INDOTEL, en cuyo ordinal “Primero” designa al Ing. Oscar Melgen, como
Gerente Administrativo del INDOTEL, en sustitución del Lic. Juan Daniel Balcácer, quien fue
designado como Gerente de Relaciones Públicas y Comunicaciones del INDOTEL.
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO DOMINICANO DE LAS
TELECOMUNICACIONES (INDOTEL), DESPUES DE HABER ESTUDIADO Y
DELIBERADO SOBRE EL CASO,
CONSIDERANDO: Que mediante la Ley No. 153-98 fue creado el Instituto Dominicano de las
Telecomunicaciones, (INDOTEL), con carácter de entidad descentralizada del Estado, con autonomía
funcional, jurisdiccional y financiera, patrimonio propio y personalidad jurídica, con capacidad jurídica
para adquirir derechos y contraer obligaciones;
CONSIDERANDO: Que el INDOTEL está creado por la ley con la finalidad de regular los servicios
públicos de telecomunicaciones, cuya facultad es exclusiva del Estado dominicano, a tenor de la
Constitución de la República;

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