Resolución No. 175-08 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2008

Número de radicado175-08
Año2008
Fecha de publicación11 Agosto 2008
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 175-08
QUE DECIDE SOBRE LA QUEJA FORMAL PRESENTADA POR LA COMPAÑÍA
DOMINICANA DE TELÉFONOS, C. POR A., EN CONTRA DE TRICOM, S.A., POR LA
ALEGADA COMISIÓN DE FALTA MUY GRAVE, CONSISTENTE EN PUBLICIDAD
ENGAÑOSA.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, en ejercicio d e las atribuc iones que le confiere la Ley General de
Telecomunicaciones, No. 153 -98, de l 27 de m ayo de 1998, publica da en la Gaceta Oficial No.
9983, reunido válidamente p revia convoca toria, dicta la s iguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la Queja Formal depositada por la COMPAÑÍA DOMINICANA DE
TELÉFONOS, C. por A., e n f echa ocho (8) de febrero de dos mil ocho (2008), a los fines de
que el INDOTEL diera inicio al proceso de investigaci ón prelimina r en contr a de TRICOM, S.A.,
por la aleg ada c omisión de falta muy grave por parte de ésta última, por la re alización de una
práctica deslea l, consistente en publicidad engañosa.
Antecedentes.-
1. Mediante comunicación de fecha 8 de febrero de 2008, COMPAÑÍA DOMINICANA DE
TELÉFONOS, C. por A., ( en lo adela nte CODETEL”), representada po r su Director
Regulatorio, el señor Robinson Peña, interpus o an te es te ó rgano regulador una Queja Formal
en contra de la concesionaria TRICOM, S.A., (en lo adelan te “TRICOM”) en virtud de lo
dispuesto por los artículos 17 y 20 del Reglament o de Libre y Leal Co mpetencia para el Sector
de las Tele comunicacion es, por ale gadamente h aber incurrido en la f alta muy g rave de prá ctica
desleal (consistente en publicidad engañosa). Esto, a fin de que el Director Ejecutivo del
INDOTEL diera inicio a l a investigación preliminar a los fines de comprobar la comisión de
práctica desleal por parte de TRICOM, en su campaña publicitaria Banda Ancha Real
Garantizada;
2. En fecha 22 de febrero de 2008, la encargada del Centro de Asistencia al Usuario del
INDOTEL realizó una investigación correspondiente a la queja in terpuesta por CODETEL en
contra de la em presa TRICOM, cuyo resultado fue el sigu iente:
“…Realizamos la búsqueda en nuestro sistema por motivo de inconvenientes con la
velocidad de Internet de las Prestadoras CODETEL y TRICOM, tomando como
referencia el periodo de tiempo comprendido desde el m es de septiembre de 2007
hasta el 20 de febrero de 2008, y sólo pudimos obtener la cantidad de 17 casos en
total, detallados de la siguiente manera:
CODETEL………… ………………………………16 casos
TRICOM…………………………………………..01 casos
Total de caso encontrados en Magic………….17 casos”
4. En vista que era nec esario conta r con datos adicionales para completar la debida
investigación preli minar y determinar si en realidad la campaña publicitaria de la empre sa
TRICOM podría tipificar una violación al Reglamento de Libre y Leal Competencia para el
Sector de las T elecomunicac iones, en fecha 18 de marzo d e 2008 se le re mitió una

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR