Resolución No. 193-07 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2007

Número de radicado193-07
Año2007
Fecha de publicación18 Septiembre 2007
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 193-07
QUE DECIDE EL PROCESO SANCIONADOR ADMINISTRATIVO INICIADO CONTRA LA
COMPAÑIA ELECTRONICA SONORAMA, S. A., POR INCUMPLIMIENTO DE LA
OBLIGACIÓN DE PAGO DEL DERECHO DE USO (DU) DEL ESPECTRO
RADIOELECTRICO.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), po r órgan o de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones
No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido
válidamente previa convocatoria, dicta la siguie nte RESOLUCION:
Con motivo del proceso sancio nador admin istrativo s eguido contra la e mpresa ELECTRONICA
SONORAMA, S. A., por falta d e pago del Derec ho de Uso del espectro radioeléctrico (DU).
Antecedentes.
1. Mediante comunicación No. 066052 de fecha 22 de agosto de 20 06, el INDOTEL remitió a
la empresa ELECTRONICA SONORAMA, S. A., la factura No. 06080308, por un monto total
de Cuatrocientos Ochent a Mil Pesos Oro Dominicanos (RD$480,000.00), por concepto del
derecho de uso (DU) del espectro radioeléctric o;
2. Mediante comunicaciones Nos. 067496 y 068456, de fechas 10 y 31 de octubre de 2006,
respectivamente, el Director Ejecutivo del INDOTEL reiteró a la empresa ELECTRONICA
SONORAMA, S. A. los tér minos de la comunicación No. 066052 de fecha 22 de agosto de
2006;
3. En fecha 30 de noviembre de 2006, el INDOTEL emitió su comunicación No. 069246,
mediante la c ual reiteró los términos de las comunicaciones descritas en el numeral 2 de esta
mediante la cual solicitaba a la sociedad ELECTRÓNICA SONORAMA, S. A. el pago de l a
citada factura No. 06080308;
4. En fecha 24 de enero de 2007, la empresa ELECTRONICA SONORAMA, S. A., depositó
ante el INDOTEL un listado de las frecuencias asignadas a esa empresa, destacando en el
mismo aquellas frecuencias qu e deseaban retir ar;
5. Mediante comunicación No. 071055, de fecha 6 de febrero d e 2007, el INDOTEL le otor gó a
la empresa ELECTRONICA SONORAMA, S. A. un plazo no mayor de treinta (30) días
calendario para depositar ante el INDOTEL las infor maciones técnicas sobre las frecuencias y
equipos de esa empresa que util izan el espectro radioeléctrico;
6. Mediante co municación No. 073912 de fech a 11 de mayo de 2007, el INDOTEL convocó a la
empresa ELECTRONICA SONORAMA, S. A. a una reunión a celebrarse el viernes 18 de
mayo de 2007 en las oficinas de la Gerencia de Monitoreo y Gestión del Espectro del
INDOTEL, a la c ual no asistiero n sus represent antes.

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