Resolución No. 194-07 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2007

Número de radicado194-07
Año2007
Fecha de publicación18 Septiembre 2007
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 194-07
QUE DECIDE EL PROCESO SANCIONADOR ADMINISTRATIVO INICIADO CONTRA LA
SOCIEDAD DE COMERCIO COMUNICACIONES DOMINICANAS, S.A., POR
INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DE PAGO DEL DERECHO DE USO (DU) DEL
ESPECTRO RADIOELECTRICO.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), po r órgan o de su Consejo
Directivo, en ejercicio de las atribuciones que le confiere la Ley General de Telecomunicaciones
No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido
válidamente previa convocatoria, dicta la siguie nte RESOLUCION:
Con motivo del proceso sancionador admi nistrativo aperturado contra la empresa
COMUNICACIONES DOMINICANAS, S.A., por falta de pago del Derec ho de Uso del espectro
radioeléctrico ( DU).
Antecedentes.
1. En fecha 20 de junio de 2006, mediante comunicación No. 064239, el INDOTEL le comunicó
a la empresa COMUNICACIONES DOMINICANAS, S. A. que la fact ura No. 5120391, por valor
de Ochocientos Treinta y Cinco Mil Pesos Oro Dominicanos con 00/100 (RD$ 835,000.00),
expedida p or concepto del Derecho de Uso (DU) del espectro radioeléctrico correspondiente al
año 2005, se encontraba vencid a desde el 16 de febrero de 2006;
2. El INDOTEL, luego de arr ibar a un acu erdo de pago con las empresas miembros de la
Asociación Nacional de Empr esas de Comuni caciones, Inc. (ANERCOM), le permitió a
COMUNICACIONES DOMINICANAS, S.A., en s u con dición de mie mbro de dicha Asociación,
pagar la indicada factura en pagos parciales, debiendo pagar la primera cuota del acuerdo el
viernes 11 de agosto de 2006; y, las tres (3) restantes; el 30 de septiembre, 30 de octubre y 3 0
de noviembre de 2006, respectiv amente;
3. COMUNICACIONES DOMINICANAS, S.A., incurrió en el incumplimiento del i ndicado
acuerdo, dejando de pagar ante el INDOTEL la última cuota del mismo, ascendent e a la
cantidad de Sesenta y Seis Mil Doscientos Cincuenta Pesos con 00/100 (RD$66,250.00);
4. En fecha 2 de noviembre de 2006, INDOTEL le remitió a COMUNICACIONES
DOMINICANAS, S.A., la comunicación No. 067 892, mediante la cual le remitió la Factura No.
06100353 por un monto de Quinientos Treinta Mil Pesos con 00/ 100 (RD$530,000.00), por
concepto del Derecho de Uso ( DU) del esp ectro radioeléctrico del año 2006; y, le otorgó el
plazo de treinta ( 30) días calen dario para realiz ar el pago de la citada cantidad;
5. En fecha 21 de agosto de 2007, INDOTEL le notificó a COMUNICACIONES
DOMINICANAS, S.A., el Acto de Alg uacil No. 1259-20 07, instrumentad o por el oficial
ministerial Juan Medrano, Alguacil Ordinario de la Quinta Sala de la Cá mara Penal del Juzgado
de Primera Instancia de Distrito Nacional, mediando el cual dicha entidad: ( A ) intimó a
COMUNICACIONES DOMINICANAS, S.A., a pagarle en el término de cinco (5) días francos,
contados a partir de la notificaci ón del indicado acto, el total de Quinientos Noventa y Seis Mil

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