Resolución No. 211-06 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2006

Número de radicado211-06
Año2006
Fecha de publicación23 Noviembre 2006
EmisorConsejo Directivo
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 211-06
QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE CONCESION PRESENTADA POR LA SOCIEDAD
ALL SATELLITE SERVICES, S.A. PARA LA PRESTACION DEL SERVICIO PÚBLICO DE
DIFUSION POR CABLE EN HOTELES UBICADOS EN LA ZONA ESTE Y NORTE DEL
TERRITORIO NACIONAL.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su Consejo
Directivo, y de conformidad con las disposiciones de la Ley General de Telecomunicaciones,
No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en la Gaceta Oficial No. 9983, reunido
válidamente previa convocatoria, dicta la siguiente RESOLUCIÓN:
Con motivo de la solicitud de Concesión para la prestación del servicio público de difusión por
cable en hoteles ubicados en la zona este y norte del territorio nacional depositada por la
sociedad ALL SATELLITE SERVICES, S.A., ante el INDOTEL en fecha 28 de febrero de 2006.
Antecedentes.-
1. La sociedad ALL SATELLITE SERVICES, S.A., presentó por ante el INDOTEL, en fecha
veintiocho (28) del mes de febrero del año dos mil seis (2006), una solicitud de concesión para
la prestación del servicio público de difusión por cable en algunos hoteles ubicados en la zona
este y norte del territorio nacional, en apego a las disposiciones contenidas en la Ley No. 153-
98, el Reglamento para el Servicio de Difusión por Cable y el Reglamento de Concesiones,
Inscripciones en Registros Especiales y Licencias para prestar Servicios de
Telecomunicaciones en la República Dominicana;
2. Mediante comunicación marcada con el número 063864 de fecha cinco (5) del mes de junio
del año dos mil seis (2006), el INDOTEL requirió a la sociedad ALL SATELLITE SERVICES,
S.A., las informaciones y documentos que debían completar para su solicitud de concesión;
3. Posteriormente, la sociedad ALL SATELLITE SERVICES, S.A. anexó a la referida solicitud
de concesión, toda la documentación necesaria requerida por los capítulos III del Reglamento
del Servicio de Difusión por Cable y IV del Reglamento de Concesiones, Inscripciones en
Registros Especiales y Licencias para prestar Servicios de Telecomunicaciones en la República
Dominicana;
4. Mediante comunicación marcada con el número 066235 de fecha treinta (30) del mes de
agosto del año dos mil seis (2006) y recibida en fecha cuatro (4) del mes de septiembre del año
dos mil seis (2006), el INDOTEL informó a la sociedad ALL SATELLITE SERVICES, S.A., el
cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios exigidos para la obtención de la
concesión, conforme lo dispuesto por la Ley General de Telecomunicaciones, No. 153-98, del
27 de mayo de 1998, y sus reglamentos previamente indicados. En tal virtud, en la misma
comunicación se solicitó a esa empresa que, en ejecución del proceso de autorización
aplicable, publicara en un periódico de circulación nacional el extracto de solicitud anexado a la
referida comunicación;
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