Resolución No. 234-07 del Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), 2007

Número de radicado234-07
Año2007
Fecha de publicación24 Octubre 2007
EmisorConsejo Directivo
1
INSTITUTO DOMINICANO DE LAS TELECOMUNICACIONES
(INDOTEL)
RESOLUCIÓN No. 234-07
QUE DECIDE SOBRE LA SOLICITUD DE CONCESIÓN PRESENTADA POR LA RAZON
SOCIAL CABLE ONDA ORIENTAL, C. POR A., A LOS FINES DE PRESTAR EL
SERVICIO PÚBLICO DE DIFUSIÓN POR CABLE EN EL MUNICIPIO SANTO DOMINGO
ESTE, PROVINCIA SANTO DOMINGO.
El Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (INDOTEL), por órgano de su
Consejo Direct ivo, en el ejercicio de las facultades conferidas por la Ley General de
Telecomunicaci ones, No. 153-98, de fecha 27 de mayo de 1998, publicada en l a Gaceta
Oficial No. 9983, dicta la siguie nte RESOLUCIÓN:
Con motivo de la solicitud de concesión presentada por la sociedad comercial CABLE
ONDA ORIENTAL, C. POR A. en fecha 1 de febrero de 200 7.
Antecedentes.-
1. En fecha pri mero ( 1ro.) de febrero del año dos mil si ete (2007), la razón social CABLE
ONDA ORIENTAL, C. POR A. presentó al INDOTEL una solicitud de co ncesión para
prestar el servicio público de difusión por cable en los “sectores de Kananga (sic), San
Isidro, San Antonio de Los Minas, Viet nam, Canci no I, Prad o del Cachón, Cancino Adentr o,
El Tam arindo, E l Perla y San Luis, Munici pios de Santo Domingo Este, Provincia de Santo
Domingo”;
2. Medi ante comunicación No. 071910 de fecha nueve (9) de marz o del año dos mil s iete
(2007), el INDOTEL le inform ó a la razón social CABLE ONDA ORIENTAL, C. POR A., qu e
su solicitu d no estaba co mpleta, indicándole los requisitos econ ómicos a cumplir, de
conformidad con el Reglamento de Concesio nes, Inscripciones en Registros Especiales y
Licencias para prestar Servici os de Telecomu nicaciones en l a República Do minicana;
3. En fecha trece (13) de abril del a ño d os mil siete (2007), la razón social CABLE ONDA
ORIENTAL, C. POR A., anex ó a su solicitud de concesión toda la docu mentación n ecesaria
requerida por los capítulos III del Regla mento para el Servici o de Difusión por Cabl e,
aprobado mediante la Resolución No. 160-05, y IV del Reglamento d e Conc esiones,
Inscripciones en Registros Especiales y Licencias para presta r Servicios de
Telecomunicaci ones en la República Dominica na;
4. Mediante c omunicación marcada con el No. 07 3513, de fec ha veinticinco (25) del m es de
abril del a ño dos m il siete (2007), el INDOTEL informó a la razón social CABLE ONDA
ORIENTAL, C. POR A., que esa empr esa había dado cu mplimiento a los re quisitos le gales
y regla mentarios para la obtención de l a mis ma; y en ejecución del proceso de asignación
aplicable, se le remitió, para su p ublicación en un per iódico d e am plia circ ulación nacional,
el extracto de sol icitud que manda la ley;
5. En fecha vei ntinueve (29) del mes de abril del año dos mil siete (2007), la razón social
CABLE ONDA ORIENTAL, C. POR A. publicó en la página onc e (11) de la sec ción
“Deportes“ del periódic o Hoy, el extracto que mandan los artícul os 25 de la Ley No. 153-98
y 21.2 del Reglamento de Concesiones, Insc ripciones en Registros Especiales y Licencias
para prestar S ervicios de Tel ecomunicaciones en la Repúblic a Dominicana, en el que se
hace de público conocimiento q ue dicha sociedad ha solicitado al INDOTEL una Concesión
con el obj etivo de ofrecer servicios públicos de difusión por cab le en el municipio Santo

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