Sentencia nº 1033 de 1ª Sala de la Camara Penal, 19 de Noviembre de 2001

Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2001
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 19/11/2001

MATERIA CORRECCIONAL

INVOLUCRANTE (S) TIRSO ANTONIO RAMÍREZ, CÉSAR DE JESÚS ESPEJO Y LA COMPAÑÍA DE SEGUROS BONANZA, S. A.TIRSO ANTONIO RAMÍREZ

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

027-98-00363

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintinueve (29) días del mes de octubre del año dos mil uno (2001), año 158 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces DRA. O.V.H.C., J.P.; D.M.A.M.M., J.; y DRA. CARMEN FORTUNA BELLIARD; Juez interina; presente el DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad-hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto por el DR. J.A.O., en representación de TIRSO ANT. RAMIREZ (prevenido), de la persona civilmente responsable CESAR DE J.E. y de la Cía. De Seguros BONANZA, S.A., en fecha diecinueve (19) de diciembre de 1997; contra sentencia de fecha dieciséis (16) de diciembre de 1997, dictada por la Segunda Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones correccionales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta sentencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al prevenido T.A.R., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1450559-7, estudiante, domiciliado y residente en la calle A.S.C., No. 51 de esta ciudad

LLAMADO: Al agraviado S.M., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0974425-0, pensionado, domiciliado y residente en la calle 20, No. 18 del sector H. de esta ciudad

OIDO: A la M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida, a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: Al DR. JULIO CEPEDA UREÑA, por sí y por el DR. GREGORIO CEPEDA, abogados constituidos, quienes actúan en nombre y representación de la parte civil constituida, ratificando calidades vertidas en audiencias anteriores

OIDO: A la M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa, a los fines de que viertan sus calidades

OIDO: A los DRES. G.S. ROSARIO y MIGUEL SIGARAN, abogados constituidos en la defensa, ratificando calidades vertidas en audiencias anteriores

OIDO: Al DR. C.R., por sí y por el DR. J.A.O., abogados constituidos en la defensa, ratificando calidades vertidas en audiencias anteriores

OIDO: A la M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A la M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso

OIDO: A la M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha dieciséis (16) de diciembre de 1997, dictada por la Segunda Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y el recurso de apelación interpuesto por el DR. J.A.O., en representación de TIRSO ANT. RAMIREZ (prevenido), de la persona civilmente responsable CESAR DE J.E. y de la Cía. De Seguros BONANZA, S.A., en fecha diecinueve (19) de diciembre de 1997

OIDO: Al agraviado S.M., en sus declaraciones ofrecidas a la Corte: "Cuando transitaba de Oeste a Este en el carril izquierdo en la avenida Independencia, venía un carro delante de mi, este se detuvo y yo también y el prevenido se estrelló detrás de mi. Tengo una costilla lesionada"

PREG.: ¿El le auxilio

RESP.: No se porque perdí el conocimiento

MINISTERIO PUBLICO

PREG.: ¿Venía frente a la Independencia

RESP.: Yo venía por el carril izquierdo

PARTE CIVIL

PREG.: ¿Cuántos días duró en la clínica

RESP.: 15 días

PREG.: ¿Es verdad que tiene una pierna más corta

RESP.: Sí, tengo una más corta

PREG.: ¿Cuánto ha gastado

RESP.: Ciento y pico de miles de pesos

PREG.: ¿Lleva algún tratamiento

RESP.: Sí

DEFENSA

PREG.. ¿En qué carril iba usted

RESP.: En el izquierdo

PREG.: ¿Cómo iba el prevenido, si iba detrás de usted

RESP.: Sí

PREG.: ¿Usted se dio cuenta si el estaba saliendo de alguna calle

RESP.: No me di cuenta

PREG.: ¿Dónde fue el accidente

RESP.: Frente a la clínica Independencia

PREG.: ¿Dónde le impacto el prevenido

RESP.: Por detrás

PREG.: ¿Cuál fue el guardalodos que fue impactado

RESP.: La parte de atrás

PREG.: ¿Cómo se disparó su arma

RESP.: Se me salió de la cintura y se disparó

OIDO: Al prevenido T.A.R., en sus declaraciones ofrecidas a la Corte: "Yo iba en la J.C., baje a la avenida Independencia, él iba mirando hacia arriba, el iba en el centro. El parece que trató de doblar en u y entonces es donde me impacta. El saca el arma y lo llevamos a la Clínica Independencia y no entiendo porque el dice que a gastado mucho dinero si lo atendieron en el Hospital Militar. El me impactó de lado en la parte del pasajero"

PREG.: ¿Los daños de su carro son en la parte derecha

RESP.: Sí

PREG.: ¿El es quien lo enviste a usted

RESP.: Sí

PREG.: ¿Le dio asistencia

RESP.: Sí, le hemos dado seguimiento

MINISTERIO PUBLICO

PREG.: ¿A su vehículo se le explotó la goma

RESP.: No, sólo sufrió daños

PARTE CIVIL

PREG.: ¿Por qué calle era que iba usted

RESP.: Yo baje por la calle primera o F

PREG.: ¿Si el vio el motorista antes del accidente

RESP.: No recuerdo haberlo visto

PREG.: ¿A qué velocidad transitaba usted

RESP.: 30 Kilómetros

PREG.: ¿Qué hizo usted para evitar el accidente

RESP.: Me impacte con la acera pero ya había pasado el accidente

PREG.: ¿Cuál es la versión verdadera si la de la policía o la de ahora

RESP.: Es la misma

PREG.: ¿Si el no vio como dijo que iba a doblar

RESP.: Mi percepción fue que el iba a doblar

PREG.: ¿Se le explotó una goma

RESP.: Sólo sufrió daño en los aros

DEFENSA

PREG.: ¿Hay policía acostado en esa esquina antes

RESP.: Sí

PREG.: ¿A qué distancia se produjo el accidente

RESP.: 15 a 20 metros

PARTE CIVIL

PREG.: ¿Fue lesionado

RESP.: Sí

PREG.: ¿Fue internado

RESP.: Sí, para fines de observación

VISTAS: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A la M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida a los fines de que pronuncie sus alegatos y posteriores conclusiones

OIDO: Al DR. JULIO CEPEDA UREÑA, por sí y por el DR. GREGORIO CEPEDA, abogados constituidos de la parte civil, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se rechace el recurso de apelación interpuesto por el prevenido TIRSO ANTONIO RAMIREZ y CESAR A. DE JESUS y compañía BONANZA DE SEGUROS S. A., por no haber sido conforme al derecho; SEGUNDO: Que se confirme en todas sus partes la sentencia recurrida por haber sido considerada justa; TERCERO: Que se condene al prevenido TIRSO ANTONIO RAMIREZ y CESAR A. DE J., al pago de las costas civiles a favor y provecho de los abogados concluyentes DRES. JULIO y G.C. UREÑA"

OIDO: A la M.J.P., ofrecerle la palabra a los abogados de la defensa a los fines de que pronuncien sus alegatos y posteriores conclusiones

OIDO: A los DRES. G.S. ROSARIO y MIGUEL SIGARAN, abogados constituidos de la defensa, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare regular y válido el presente recurso de apelación en cuanto a la forma, por ser conforme al derecho; SEGUNDO: Obrando por propia autoridad y contrario imperio en cuanto al fondo, se declare no culpable al prevenido por no haber violado las disposiciones de la ley 241; TERCERO: Que las costas sean declaradas de oficio"

OIDO: OIDO: Al DR. C.R., por sí y por el DR. J.A.O., abogados constituidos de la defensa, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido el recurso de apelación interpuesto por la parte recurrente en cuanto a la forma, por haber sido hecho conforme a la ley; SEGUNDO: Que revoquéis en todas sus partes la sentencia recurrida por improcedente y carente de base legal; que la misma no sea oponible a la aseguradora BONANZA, S.A., ordenando a la parte demandante al pago de las costas a favor del abogado concluyente"

OIDO: A la M.J.P., ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que pronuncie su dictamen

OIDO: Al DR. GUIDO. A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se acoja como bueno y válido en cuanto a la forma el recurso de apelación por haber sido según las reglas que establece la ley y en el plazo que la misma prevé; SEGUNDO: Que se confirme el 2do. y 3ro. ordinal de la sentencia apelada por ser justa y reposar en pruebas legales; TERCERO: Que sea condenado el prevenido al pago de las costas"

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, pronunció una sentencia cuyo dispositivo es el siguiente: "FALLO RESERVADO PARA UNA PROXIMA AUDIENCIA"

AUDIENCIA PUBLICA DE FECHA DIECINUEVE (19) DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL UNO (2001)

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, DESPUES DE HABER DELIBERADO

CONSIDERANDO: Que mediante oficio No. 357, de fecha 8 de marzo de 1995, del Auxiliar Jurídico del Destacamento de la Policía Nacional del Plan Piloto al Magistrado...

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