Sentencia nº 464 de Camara Civil, 29 de Noviembre de 2001

Fecha de Resolución29 de Noviembre de 2001
EmisorCamara Civil

FECHA 29/11/2001

MATERIA DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES

INVOLUCRANTE (S) MARINA A.R.O.

ABOGADO (S) LIC. JORGE ELIGIO MÉNDEZ PÉREZ

INVOLUCRADO (S) PEDRO ANTONIO JOAQUÍN OVALLES

ABOGADO (S) LIC. JORGE ELIGIO MÉNDEZ PÉREZ

DIOS, PATRIA Y LIBERTA

República DomEn la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, hoy día jueves 29 del mes de noviembre del año dos mil uno (2001); años 158 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA CAMARA CIVIL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en audiencia en la sala destinada al efecto, sita en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los señores Magistrados: M.A.R.O., P., J.E.O. DE WINDT, Primer Sustituto de Presidente, X.A.S.S. y H.A. DE LOS SANTOS, jueces miembros, asistidos de la infrascrita Secretaria y del alguacil de estrados de turno dicta en sus atribuciones civiles y en audiencia pública la siguiente sentencia

SOBRE: el recurso de apelación interpuesto por la señora M.A.R.O., dominicana, mayor de edad, empleada privada, titular de la cédula de identidad y electoral No. 001-0692515-9, con su domicilio y residencia en la calle Respaldo Noria No. 37, Buenos Aires, H., Distrito Nacional, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. J.E.M.P., dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0901903-4, con su oficina profesional abierta en la suite 1NO, del edificio NPI, sito en la calle F.F.M. No. 38, ensanche N., de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional

CONTRA: la sentencia civil No. 0442, de fecha once (11) del mes de octubre del año 1999, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la Quinta Circunscripción del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a favor de P.A.J.O., dominicano, mayor de edad, casado, tenedor de la cédula de identidad y electoral No. 001-1162066-2, domiciliado y residente en la ciudad de Moca, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Lic. M.S.D., dominicano, mayor de edad, provisto de la cédula de identidad y electoral No. 001-0180533-9, con estudio profesional abierto en la calle D.N. 283, Los Alcarrizos, de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional

OIDO: al alguacil de turno en la lectura del rol

OIDO: al abogado de la parte intimante concluir de la manera siguiente: leyó conclusiones: (desistimiento del recurso de apelación) (sic)

RESULTA: que el abogado de la parte intimada asistió a la audiencia de fecha 29 de junio de 2000, pero no concluyó

AUTOS VISTOS

RESULTA: que con motivo de la DEMANDA DE DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES, incoada por el señor P.A.J.O., contra su legítima esposa, señora M.A.R.O., la Cámara Civil y Comercial de la Quinta...

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