Sentencia nº 941 de 1ª Sala de la Camara Penal, 20 de Octubre de 2003

Fecha de Resolución20 de Octubre de 2003
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 20/10/2003

MATERIA CORRECCIONAL

INVOLUCRANTE (S) ADELAIDA MARÍA PEÑA, H.F.P., F.F., TECNITOPO, S. A. Y PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONALFEDERICO FERMÍN Y TECNITOPO, S. A

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República Dominicana

Poder Judicia

P. No. 501-01-00138

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veintidós (22) días del mes de septiembre del año dos mil tres (2003), año 159 de la Independencia y 139 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DEL DISTRITO NACIONAL, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces, DR. N.D.F., J.P. en funciones; D.I.P.C.H., J.; D.M.A.M.M., Juez; Presente el DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad- hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia la causa seguida al nombrado F.A.F.A., inculpado de violar la Ley 2859, sobre Cheques

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al prevenido F.A.F.A., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, casado, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-10087399-1, arquitecto, domiciliado y residente en la calle San Pío X No. 130 del sector Urbanización Real de esta ciudad

LLAMADO: Al agraviado H.F.P., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-1159718-3, comerciante, domiciliado y residente en la avenida Gurabo No. 53 del sector Llanos de Gurabo, Santiago

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al abogado de la parte civil constituida, a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: Al LIC. N.R.T., por sí y por el DR. J.R.F.L. y DR. F.H.B., abogados constituidos, quienes actúan en nombre y representación de la parte civil constituida, señores H.F.P. y A.M.P.

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al abogado de la defensa a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: A.D.M.A.M., conjuntamente con el DR. E.J.M., abogados constituidos, quienes actúan en nombre y representación del señor FEDERICO FERMIN y de la compañía TECNITOPO, S.A. a los fines de asistirlos en sus medios de defensa

OIDO: A.M.J.P. ofrecerte la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso

OIDO: Al agraviado H.F.P., en sus declaraciones ofrecidas ante la Corte: "El día 13/12/99 el señor FELIPE DE J.C. nos encontramos en una oficina de abogados la cual la mujer mía y yo teníamos en venta un inmueble. El 14/12/99 fuimos a la oficina de F.F. y estuvimos de acuerdo en hacer un contrato de compromiso de venta, promesa. El 23/12/99 me acerqué a ellos y le dije que yo tengo una deuda en ese inmueble de 300 a 400 mil pesos, que los acreedores me estaban atacando más por eso y yo quería vender el inmueble, yo le dije que estaba buscando cincuenta mil pesos (RD$50,000.00) para yo pagar los intereses, fuimos a la compañía el señor FEDERICO DE J. y FERMIN aceptaron y me dieron un cheque de cien mil (RD$100,000.00) para que yo cogiera cincuenta mil (RD$50,000.00) y le devolvieron cincuenta mil (RD$50,000.00) específicamente en las manos de B.R.P.. Para la fecha que me dijeron que podía, deposité el cheque de los cien mil (RD$100,000.00) pero no tenía fondo, el vicepresidente de la compañía me quitó los cuarenticinco mil (RD$45,000.00). Yo tuve que hipotecar mi vehículo. La vivienda se la entregué al señor CAMILO. Como el cheque rebotó, me dijeron que si uno de cien mil (RD$100,000.00) no tenía fondo, mucho menos uno de un millón"

MINISTERIO PUBLICO

PREG.: ¿Usted está vendiendo una casa, C. lo lleva donde el

RESP.: Sí

PREG.: ¿Le atacaron por la vía civil

RESP.: No

PREG.: ¿CAMILO es la persona que le va a comprar la casa

RESP.: Sí

PREG.: ¿CAMILO le va a comprar la casa, el señor le hace un cheque de un millón de pesos (RD$1,000,000.00), usted le dice: la casa tiene una deuda de cuatrocientos mil (RD$400,000.00), usted recibe el cheque de un millón de pesos pues usted le vende la casa a el

RESP.: Sí

PREG.: ¿Ya usted vendió la casa a él y a CAMILO

RESP.: Sí

PREG.: ¿Si usted vende la casa con la deuda, el que compra la casa compra la deuda, usted lo que tiene que hacer es coger su dinero, coger el cheque y buscar su dinero

RESP.: Eso es lo que estoy tratando

PREG.: ¿La casa está en manos de los acreedores

RESP.: Sí

CORTE

PREG.: ¿La deuda de los cuatrocientos mil (RD$400,000.00) que tenía, era particular

RESP.: Sí

PREG.: ¿La casa tiene título de propiedad

RESP.: Sí

PREG.: ¿Usted hizo la venta pero no entregó el título porque el título lo tenía la financiera

RESP.: Sí

PREG.: ¿A nombre de quien estaba la casa

RESP.: A nombre de mi mujer

PREG.: ¿Y el cheque

RESP.: A nombre de los dos

PARTE CIVIL

PREG.: ¿El título

RESP.: Lo tiene la financiera

PREG.: ¿A quién lo vendió la casa

RESP.: A J.C. o FEDERICO DE JESUS

PREG.: ¿El comprador sabía que el título estaba afectado por una hipoteca

RESP.: Sí

PREG.: ¿Si él y el comprador convinieron de que cuando retirara el cheque iba a retirar la deuda

RESP.: Sí

PREG.: ¿Qué relación tenía usted y su esposa con la empresa que emitió el cheque

RESP.: Ninguna

PREG.: ¿La compañía pagó por el señor FEDERICO DE J.C. que era el comprador

RESP.: Sí

PREG.: ¿Después de firmado el contrato y la emisión del cheque, el le tiró copia al cheque con una coletilla que especificaba la fecha en que iba a ser pagado

RESP.: Sí

DEFENSA

PREG.: ¿A nombre de quien estaban las hipotecas

RESP.: A nombre de MARIA ADELAIDA PEÑA

PREG.: ¿En el contrato que firmaron, él especificó que estaba libre de gravamen

RESP.: Se especificó que lo iba a entregar libre de hipoteca

PREG.: ¿Qué si leyó el contrato

RESP.: Sí, yo tenía que entregar libre de gravamen, no se especificó en el contrato

PREG.: ¿Todavía en el 2001 figuraba la hipoteca

RESP.: Sí, pero paga

PREG.: ¿Conoce al señor M.A. ESPINOSA

RESP.: Sí

PREG.: ¿En el mes de abril había realizado otra hipoteca con el señor ESPINOSA, cuando se firmó el contrato de venta

RESP.: El 14/2/99

PREG.: ¿Qué fecha tenía el cheque para cobrar

RESP.: 14/2/2000

PREG.: ¿En ese lapso antes de cobrar el cheque se hizo otra hipoteca. si vendió porque siguió hipotecando el inmueble

RESP.: Lo que temíamos era que los acreedores comenzaran a atacar. El cheque de cien mil me lo entregaron el 23/12/99 y el del millón en fecha 27/12/99

PREG.: ¿Usted hizo otra hipoteca con el señor E.S. y por qué el reenganche no lo hizo con la misma empresa que tenía el título

RESP.: Porque estábamos radicados en Santiago

PREG.: ¿Usted llegó a hacer más hipotecas

RESP.: Sí

PREG.: ¿Cuánto recibió por esas hipotecas

RESP.: Trescientos y pico por una y cuatrocientos y pico por otra

PREG.: ¿Cuándo hacía esas hipotecas no le informaban a Conaplasil

RESP.: No tenía que informárselo

PREG.: ¿Y la casa quien la ejecutó

RESP.: El último

PREG.: ¿Cuándo le entregan la casa

RESP.: Yo no he recibido casa después que se la entregué a FEDERICO DE JESUS CAMILO

PREG.: ¿Usted tiene conocimiento de un documento donde CAMILO hace constar que el le entrega la casa

RESP.: No

PREG.: ¿Cómo realiza la hipoteca sino tiene el inmueble, usted leyó el acto de comprobación

RESP.: Sí, el primer acto dice no fondo

OIDO: Al prevenido F.A.F.A., en sus declaraciones ofrecidas ante la Corte: "El querellante incurre en falsedades, va con J.C. a mi oficina, CAMILO requiere el pago por adelantado de sus comisiones que no se han efectuado, se firma la transacción sin hacerse saber de que el inmueble tenía dos transacciones, el título que amparaba la casa estaba hipotecado. El señor CAMILO estaba intitulado a recibir comisiones de un millón de pesos"

CORTE

PREG.: ¿Usted pagó un cheque por el señor CAMILO

RESP.: Sí

PREG.: ¿Ese dinero que C. iba a recibir era de una transacción futura

RESP.: Sí

PREG.: ¿La compañía emitió un cheque

RESP.: Sí, de un millón de pesos

PREG.: ¿En qué condición le paga...

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