Sentencia nº 423 de 1ª Sala de la Camara Penal, 31 de Julio de 2001

Fecha de Resolución31 de Julio de 2001
EmisorPrimera Sala de la Camara Penal

FECHA 31/7/2001

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) DANIEL DUNESIS EMILIANO.DANIEL DUNESIS EMILIANO

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

027-99-00761

EN NOMBRE DE LA REPUBLICA

En la ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los treintiuno (31) días del mes de julio del año dos mil uno (2001), año 157 de la Independencia y 135 de la Restauración

LA PRIMERA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en su sala de audiencia, sito en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los jueces DR. N.D.F., J.; D.M.A.M.M., J.; y LIC. E.V.A.; J.; presente el DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, asistidos de la secretaria ad-hoc

Siendo las nueve (9:00) horas de la mañana del día antes mencionado, el M.J.P. declara abierta la audiencia a fin de conocer el recurso de apelación interpuesto por el nombrado D.D.E., en representación de sí mismo, en fecha diecinueve (19) de marzo de 1999; en contra de la sentencia marcada con el No. 379, de fecha diecisiete (17) de marzo de 1999, dictada por la Sexta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, cuyo dispositivo se copiará al final de esta acta de audiencia

OIDO: Al Ministerial de turno en la lectura del rol

LLAMADO: Al acusado D.D.E., de generales de Ley, dominicano, mayor de edad, soltero, portador de la cédula de identidad personal No. 11165-68, albañil, domiciliado y residente en la calle Sal si puedes, No. 136, del sector C., V.A. de esta ciudad

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil constituida, a los fines de que viertan sus calidades

OIDO: A la LIC. R.Z., conjuntamente con el LIC. J.M., por sí y por el DR. DIOMEDES OLIVARES, abogados constituidos, quienes actúan en nombre y representación de la parte civil constituida, ratificando calidades vertidas en audiencias anteriores

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de defensa, a los fines de que vierta sus calidades

OIDO: Al LIC. S.E.C., abogado de oficio de esta Corte, quien actúa en nombre y representación del señor DANIEL DUNESIS EMILIANO, a los fines de asistirlo en sus medios de defensa

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público para que apodere a la Corte del expediente de que se trata

OIDO: Al DR. G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, hacer la exposición del hecho objeto de la presente prevención y apoderar formalmente a la Corte del presente expediente

OIDO: A.M.J.P., manifestar a las partes si existe alguna oposición o pedimento previo al conocimiento del presente proceso

OIDO: A las partes manifestar a la Corte que no tienen oposición al conocimiento del presente proceso

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura de la sentencia de fecha diecisiete (17) de marzo de 1999, dictada por la Sexta Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional y el recurso de apelación interpuesto por el nombrado D.D.E., en representación de sí mismo, en fecha diecinueve (19) de marzo de 1999

OIDO: A.M.J.P., ordenar por secretaría la lectura del acta de defunción practicada a la occisa

OIDO: Al acusado D.D.E., en sus declaraciones ofrecidas a la Corte

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil constituida

OIDO: A los abogados de la parte civil constituida, solicitar a la Corte lo siguiente: "Que se aplace el conocimiento del presente proceso a los fines de que se cite a L.M.G. y R.B., a fin de que venga a deponer"

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al abogado de la defensa

OIDO: Al abogado de la defensa, manifestar a la Corte que no se opone al pedimento hecho por los abogados de la parte civil constituida

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público

OIDO: Al representante del Ministerio Público, solicitar a la Corte lo siguiente: "Que se rechace el pedimento hecho por los abogados de la parte civil constituida, ya que L.M. esta debidamente citada"

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil constituida

OIDO: A los abogados de la parte civil constituida, manifestar a la Corte que ratifican su pedimento

SENTENCIA INCIDENTAL: La Corte rechaza el pedimento de la parte civil constituida por improcedente y mal fundado. Se ordena la continuación de la vista de la causa

VISTAS: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A.M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra a los abogados de la parte civil constituida a los fines de que pronuncien sus alegatos y posteriores conclusiones

OIDO: A la LIC. R.Z., conjuntamente con el LIC. JESÚS MARTE, por sí y por el DR. DIOMEDES OLIVARES, abogados constituidos de la parte civil, en sus motivos y conclusiones, las cuales finalizan de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido el recurso de apelación interpuesto por el señor D.D.E., por haber sido hecho conforme a lo que dispone la ley; SEGUNDO: Que independientemente de las sanciones sea modificado el ordinal tercero de la sentencia y en consecuencia se le condene a una indemnización de tres (3) millones de pesos a favor y provecho del señor R.B.C., padre y tutor legal de la occisa YUBERKIS BELTRE, como justa reparación por los daños y perjuicios causados, como consecuencia de la muerte de su hija; TERCERO: Que se condene al pago de las costas civiles a favor y provecho de los abogados concluyentes, quienes afirman haberlas avanzado"

OIDO: A.M.J.P., ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que pronuncie su dictamen

OIDO: A.D.G.A.A., abogado ayudante del Magistrado Procurador General de esta Corte, en sus motivos y dictamen el cual finaliza de la siguiente manera: "PRIMERO: Que se declare bueno y válido en cuanto a la forma, el presente recurso...

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