Sentencia nº 440 de 2ª Sala de la Camara Penal, 25 de Abril de 2002

Fecha de Resolución25 de Abril de 2002
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 25/4/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) PROCURADOR FISCAL DEL DISTRITO NACIONAL.RAÚL MERCEDES GÓMEZ Y J.C.M.S.

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República DominicanaPoder Judicial

502-02-00100

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida, en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, situado en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, integrada por los Magistrados DR. JULIO E. BAUTISTA PEREZ, J.P.; D.R.H.G.P., J.; D.M.D.S.P.G., J. y por el DR. MERIDO DE J.T., Abogado Ayudante del Procurador General de la Corte, asistidos de la infrascrita secretaria, y del Alguacil de estrados en turno, A.O., en sus atribuciones criminales, se ha constituido en audiencia publica para conocer el recurso de apelación interpuesto por el DR. CESAR A.S.S., Abogado Ayudante del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, en fecha dieciocho (18) del mes de octubre del año dos mil uno (2001), en contra de la sentencia de fecha nueve (09) del mes de octubre del año dos mil uno (2001), dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, que declaró no culpable a los señores R.M.G. y J.C.M.S., de haber violado los artículos puestos a su cargo y en consecuencia ordenó el descargo de estos; ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA, POR AUTORIDAD DE LA LEY Y OIDO EL DICTAMEN DEL REPRESENTANTE DEL MINISTERIO PUBLICO, DICTA LA SIGUIENTE SENTENCIA, QUE FUE LEIDA EN AUDIENCIA PUBLICA DE FECHA: VEINTICINCO (25) DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DOS (2002), CUYO DISPOSITIVO DICE ASI

FALLA

PRIMERO

Declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el DR. CESAR A.S.S., Abogado Ayudante del Procurador Fiscal del Distrito Nacional, por orden expresa del Magistrado Procurador Fiscal del Distrito Nacional, en fecha dieciocho (18) del mes de octubre del año dos mil uno (2001), en contra de la sentencia de fecha nueve (09) del mes de octubre del año dos mil uno (2001), dictada por la Cuarta Sala de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales, en cuanto al señor R.M.G., por haber sido interpuesto fuera del plazo establecido por la Ley y en cuanto al señor J.C.M.S., por...

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