Sentencia nº 34 de Cámara Civil y Comercial, 21 de Febrero de 2001
Fecha de Resolución | 21 de Febrero de 2001 |
Emisor | Cámara Civil y Comercial |
FECHA 21/2/2001
MATERIA DIVORCIO POR LA CAUSA DETERMINADA DE INCOMPATIBILIDAD DE CARACTERES
INVOLUCRANTE (S) M.A.F.F.
ABOGADO (S)
INVOLUCRADO (S)
ABOGADO (S)
DIOS, PATRIA Y LIBERTA
República DomEn la Ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, Capital de la Republica Dominicana hoy día 21 del mes de febrero del año dos mil uno (2001); años 157° de la Independencia y 138° de la Restauración
LA CAMARA CIVIL Y COMERCIAL DE LA CORTE DE APELACIÓN DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida en audiencia en la sala destinada al efecto, sita en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, compuesta por los Magistrados Doctores: M.A.R.O., Presidente; J.E.O. DE WINDT, Primer Sustituto de Presidente; M.A.V.G., Segundo Sustituto de Presidente; X.A.S.S. y HERMOGENES ACOSTA DE LOS SANTOS, J.M., asistidos de la infrascrita Secretaria y del alguacil de estrados de turno, dicta en sus atribuciones civiles y en audiencia pública la siguiente sentencia
Sobre: el recurso de apelación interpuesto por el señor M.A.F.F., dominicano, mayor de edad, comerciante, portador de la cédula de identidad y electoral No. 001-0129977-4, domiciliado y residente en la calle S.G.N. 10, sector Km. 9 de la carretera S., de esta ciudad de Santo Domingo, Distrito Nacional, en su calidad de administrador de la entidad comercial MADERERA SAN JOSE, C.P.A., entidad comercial debidamente establecida conforme a las leyes de la República Dominicana, con su asiento social y principal ubicado en la calle J.E.N. 15, V.J., de esta ciudad; la cual tiene como abogado apoderado especial al Dr. R.A.R.P., dominicano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad y electoral No. 022-0015355-5, con estudio profesional abierto en la calle El C.N. 301, apartamento 404, Zona Colonial, de esta ciudad
CONTRA: la sentencia No. 3700-99 de fecha 21 de marzo del 2000, dictada por la Cámara Civil y Comercial de la segunda Circunscripción del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, a favor de la CASA PIÑA C. POR A, sociedad comercial por acciones, regidas por las leyes dominicanas, con domicilio social establecido en la avenida J.F.K. No. 64, segundo piso, de esta ciudad, debidamente representada por su liquidador Dr. ULISES CABRERA, dominicano, mayor de edad, casado, tenedor de la cédula de identidad y electoral No. 001-0117642-8, domiciliado y residente en esta ciudad, quien tiene como abogado constituido y apoderado especial al Dr. M.C., dominicano, mayor de edad, casado, tenedor de la cédula de identidad y electoral No. 001-0193328-1, con estudio profesional abierto en la avenida J.F.K., No. 64, segundo piso del edificio "Ulises cabrera", entre las avenidas Tiradentes y L. de Vega, de esta ciudad
OÍDO: al alguacil de turno en la lectura del rol
RESULTA: que la parte intimante no asistió a presentar conclusiones en audiencia
OIDO: al abogado de la parte intimada concluir in-voce de manera siguiente: PRIMERO: que se pronuncie el defecto de la recurrente por falta de concluir; SEGUNDO: que se ordene el descargo puro y simple del presente recurso de apelación interpuesto por el señor E.F. mediante acto No....
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