Sentencia nº 734 de 2ª Sala de la Camara Penal, 19 de Julio de 2002

Fecha de Resolución19 de Julio de 2002
EmisorSegunda Sala de la Camara Penal

FECHA 19/7/2002

MATERIA CRIMINAL

INVOLUCRANTE (S) P.S.D.J.S. DE JESÚS

ABOGADO (S)

INVOLUCRADO (S)

ABOGADO (S)

República Dominicana

Poder Judicia

p. No. 502-01-00237

En Nombre de la República

LA SEGUNDA SALA DE LA CAMARA PENAL DE LA CORTE DE APELACION DE SANTO DOMINGO, regularmente constituida, en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias públicas, situado en la primera planta del Palacio de Justicia del Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, en la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de julio del año dos mil dos (2002), integrada por los Magistrados, D.R.H.G.P., J.P. en funciones; DR. JULIO CÉSAR CANÓ ALFÁU, J.; D.M.D.S.P.G., J.; presente el DR. M.L.C.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, asistidos de la infrascrita secretaria y del Alguacil de Estrados de T.A.O., en sus atribuciones criminales, se ha constituido en audiencia pública para conocer el recurso de apelación interpuesto por el procesado P.S.D.J., en fecha siete (07) de julio del año dos mil (2000), en contra de la sentencia No. 1317-00 de fecha cuatro (04) de julio del año dos mil (2000), dictada por la Novena Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, en sus atribuciones criminales; en virtud de las disposiciones legales siguientes, cuyo dispositivo será copiado al final de esta sentencia

Siendo las doce (12:00) horas del mediodía del día antes citado

OÍDO: A.M.J.P. en funciones en la apertura de la audiencia

OÍDO: Al Alguacil de Estrados de turno de esta Segunda Sala en la lectura del rol de audiencia

LLAMADO Y OÍDO: Al acusado P.S.D.J., en sus generales de ley, manifestar a esta Corte que es dominicano, mayor de edad, casado, friturero, titular de la cédula de identificación personal No. 39564-78, domiciliado y residente en la calle N.C., No. 51, barrio Enriquillo, H., Santo Domingo Este; recluido en la cárcel de La Victoria

LLAMADA Y OIDA: A la testigo RAFELINA TEJADA MENA, en sus generales de ley, manifestar a esta Corte que es dominicana, mayor de edad, casada, empleada publica, titular de la cédula de identidad personal y electoral No. 001-0245675-3, domiciliada y residente en la calle Respaldo Tercera, No. 17, Las Palmas, Santo Domingo Este

OÍDO: A.M.J.P. en funciones ofrecerle la palabra al abogado de la defensa para que externe sus calidades

OÍDO: Al DR. JUAN DEL MILAGROS PÉREZ Y PÉREZ asumir la defensa del acusado P.S. DE JESÚS

OÍDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al represente del Ministerio Público para que apodere a la Sala del expediente de que se trata

OÍDO: Al DR. M.L.C.T., abogado ayudante del Procurador General de esta Corte, en representación del Ministerio Público, hacer la exposición del hecho objeto de la prevención y apoderar formalmente a la Corte de los recursos de apelación que se tratan

OÍDO: A.M.J.P. en funciones manifestar a las partes si existe algún pedimento o medida de instrucción previo al conocimiento del fondo del proceso

OÍDO: A las partes manifestar a la Corte lo siguiente: "No tenemos oposición al conocimiento del fondo del proceso."

OÍDO: A.M.J.P. en funciones ordenar a la secretaria darle lectura: a) A la sentencia marcada con el No. 1317-00 de fecha cuatro (04) de julio del año dos mil (2000), dictada por la Novena Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional; y b) Al recurso de apelación interpuesto por P.S. DE JESÚS, en fecha siete (07) de julio del año dos mil (2000), en contra de la referida sentencia; c) A las declaraciones dadas por el señor ORLANDO HERNANDEZ, en fecha veintiséis (26) de agosto del año mil novecientos noventa y nueve (1999), por ante el Juzgado de Instrucción de la Sexta Circunscripción del Distrito Nacional; d) A las declaraciones dadas por el menor AH, en fecha veintinueve (29) de diciembre del año mil novecientos noventa y nueve (1999), por ante el Tribunal de Niños, Niñas y Adolescentes del Distrito Nacional; y f) Al informe médico legal E-844-99-2000, de fecha veintiuno (21) de julio del año mil novecientos noventa y nueve (1999)

OÍDO: A la testigo RAFELINA TEJADA MENA, de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte

OÏDO: Al acusado P.S.D.J., de generales que constan, en sus declaraciones dadas por ante esta Corte

VISTA Y LEIDAS EN AUDIENCIA PUBLICA: Las piezas y documentos que obran en el expediente

OIDO: A.M.J.P. cerrar la instrucción del proceso, abrir los debates y ofrecerle la palabra al representante del Ministerio Público a los fines de que dictamine

OÍDO: Al DR. M.L.C.T., Abogado Ayudante del Procurador General de la Corte de Apelación del Distrito Nacional, en su dictamen que finaliza así: "PRIMERO: Se declare bueno y válido en cuanto a la forma, el presente recurso de apelación, por haber sido hecho conforme a la Ley; SEGUNDO: En cuanto al fondo, que se confirmada la sentencia recurrida; TERCERO: Se condene al procesado P.S. DE JESÚS, al pago de las costas penales del proceso."

OIDO: A.M.J.P. ofrecerle la palabra al abogado de la defensa del procesado para que concluyan

OIDO: A.D.J.D.M.P.Y.P., abogado de la defensa del...

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