Sentencia Nº 030-2017-SSEN-00079 del Tribunal Superior Administrativo, 13-03-2017

Fecha de sentencia13 Marzo 2017
MateriaAmparo de Cumplimiento
Número de sentencia030-2017-SSEN-00079
Tipo de procesoAmparo de Cumplimiento

REPúBLICA DOMINICANA

PODER JUDICIAL

TERCERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO


EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA

Sentencia número 030-2017-SSEN-00079 Expediente número 030-2017-ETSA-02252

NCI 030-2017-ETSA-02252 Solicitud número 030-2017-AA-00126


En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los trece (13) días de marzo del año dos mil diecisiete (2017); años ciento setenta y cuatro 174 de la Independencia y ciento cincuenta y cuatro 154° de la Restauración.

La Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo, de Jurisdicción Nacional, regularmente constituida en el salón donde acostumbra celebrar sus audiencias, sito en la calle J.S.R., núm. 1-A, esquina S.S., sector de Gazcue, con la presencia de sus jueces: L.N.D.C.C.P., Jueza Presidente; F.E.C.A., J.; ROMÁN A. BERROA HICIANO, J.; asistidos de la infrascrita secretaria general, L.D.G.V. y el alguacil de turno, ha dictado en sus atribuciones de A., la sentencia que sigue:

Con motivo de la acción de amparo de cumplimiento interpuesta por el señor VÍCTOR BELTRÉ HERNÁNDEZ, portador de la cédula de identidad y electoral número 001-1312206-3, residente en la calle segunda número 49, Barrio Militar, Distrito Municipal La Victoria, Municipio Santo Domingo Norte, provincia S.D., quien tiene como abogado apoderada al Licenciado L.O.F.C., portador de la cédula de identidad y electoral número 001-1188174-4, con estudio profesional abierto en la calle San Pío X núm. 680 esquina 27 de Febrero, primer piso, edificio Perla Rubí, sector Renacimiento, Mirador Norte, Distrito Nacional.

En contra del COMANDANTE GENERAL DEL EJERCITO DE REPÚBLICA DOMINICANA, JUNTA DE RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS y el MINISTERIO DE DEFENSA, quienes tienen como abogados representantes a los licenciados Y.M., portador de la cédula de identidad y electoral número 001-1180060-3, con estudio profesional abierto en la avenida 27 de Febrero esquina a la calle G.L., quienes tienen como abogados constituidos y apoderados especiales a los licenciados G.Z.Z., Key Muñoz, de generales que no constan.

Expediente asignado a esta Tercera Sala mediante el Auto de Asignación número 03661-2016 expedido por la Presidencia del Tribunal Superior Administrativo en fecha veintiuno (21) del mes de diciembre del año dos mil dieciséis (2016).

CRONOLOGÍA DEL PROCESO

El día veintitrés (23) del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017) el licenciado Lucas Odalis Ferrera Concepción, incoó una acción de amparo de cumplimiento en representación del señor V.B.H. en contra del COMANDANTE GENERAL DEL EJERCITO DE REPÚBLICA DOMINICANA, JUNTA DE RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS y el MINISTERIO DE DEFENSA.

En fecha cinco (05) del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017), la Magistrada Presidente de la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo dictó el auto número 06372-2016, mediante el cual autorizó a la parte accionante citar al COMANDANTE DE GENERAL DEL EJERCITO DE REPÚBLICA DOMINICANA, JUNTA DE RETIRO DE LAS FUERZAS ARMADAS y el MINISTERIO DE DEFENSA y a la PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, fijando además audiencia para el día lunes veintitrés (23) de enero del presente año dos mil diecisiete (2017).

La audiencia fijada para el día veintitrés (23) del mes de enero del año dos mil diecisiete (2017), fue aplazada a solicitud de la parte accionada para el día lunes trece (13) del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017).

En audiencia celebrada en fecha trece (13) del mes de febrero del año dos mil diecisiete (2017), la parte accionada (Ejercito de la República Dominicana), solicitó que se aplace la presente audiencia y en consecuencia fue aplazada para el día seis (06) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017).

En audiencia fijada para el día seis (06) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017), la parte accionada (Ejercito de la República Dominicana), solicitó que se aplace la presente audiencia y en consecuencia fue aplazada para el día trece (13) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017).

En audiencia de fecha trece (13) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017), las partes concluyeron al fondo, cuyas conclusiones constan en otra parte de la presente sentencia.

PRETENSIONES DE LAS PARTES

Parte accionante

En audiencia de fecha trece (13) del mes de marzo del año dos mil diecisiete (2017), la parte accionante concluyó de la siguiente manera: PRIMERO: Declarar regular y valido en cuanto a la forma la acción de amparo de cumplimiento interpuesto por el ciudadano VÍCTOR BELTRÉ HERNÁNDEZ, en contra del Ministerio de Defensa, el C. General del Ejercito de República Dominicana y la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas, por haber sido hecha conforme a la ley sobre la materia; SEGUNDO: Acoger en todas sus partes en cuanto al fondo la acción Constitucional de amparo de cumplimiento interpuesto por el ciudadano VÍCTOR BELTRÉ HERNÁNDEZ, en contra del Ministerio de Defensa, el C. General del Ejercito de República Dominicana y la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas, por haberse comprobado la vulneración a derechos fundamentales, tales como la ley 873, antigua ley de las fuerzas armadas, la ley 139-13, actual ley de las Fuerzas Armadas, y la ley General sobre Seguridad Social, en contra del accionante, y que en consecuencia se ordene dar cumplimiento a lo ordenado en la orden general No. 09-2016, de fecha 17 de marzo del año 2016, mediante la cual el Poder Ejecutivo realizó los ascensos en el ERD, resultando el accionante ser ascendido al rango de segundo teniente; TERCERO: Que se ordene, tanto el Ministerio de Defensa como el comandante general del Ejercito de República Dominicana, hacer figurar en los registros y archivos de personal con el rango de Segundo Teniente retirado del ERD, al accionante VÍCTOR BELTRÉ HERNÁNDEZ; CUARTO: Que se ordene, a la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas enmendar la resolución No. 0354-2016, de fecha primero del mes de noviembre del año dos mil dieciséis (2016), en lo que respecta al rango de sargento mayor y se haga constar como segundo teniente, asimismo en lo concerniente al monto de la pensión a recibir por el accionante para que sea adecuada al rango de segundo teniente; QUINTO: Fijar Ministerio de Defensa, el C. General del Ejercito de República Dominicana y la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas, un astreinte provisional conminatorio por la suma de cinco mil pesos dominicanos, (RD$5,000.00), por cada día que transcurra sin que sea ejecutada la sentencia a intervenir, a favor de una institución, sin fines de lucro, a consideración del tribunal, a fin de garantizar el cumplimiento de la decisión a intervenir; SEXTO: Que las costas sean compensadas pura y simplemente”. (Sic)

Parte accionada

Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa, concluyeron de la siguiente manera: PRIMERO: Que sean excluidos de la presente acción de amparo, la Junta de retiro de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa, por entender que no son los que han vulnerado ningún derecho a la parte accionante; SEGUNDO: Que sean excluidos la Junta de Retiro de las Fuerzas Armadas y el Ministerio de Defensa en cuanto al astreinte solicitado por la parte accionante; TERCERO: Que en el hipotético caso de que no sean acogidas nuestras conclusiones, no nos oponemos a que sea corregido el error al cual hace referencia el accionante en su acción de amparo”. (Sic)

La PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA concluyó requiriendo que se rechace la presente acción, por improcedente, mal fundada y carente de base legal.

PRUEBAS APORTADAS

Parte accionante

A) Documentos

1) Copia fotostática de la cédula de identidad y electoral del señor Víctor Beltré Hernández;

2) Copia fotostática de ficha del señor V.B.H.;

3) Copia fotostática del oficio número 1986-2016, de fecha 13 del mes de diciembre del año 2016, emitido por la Comandancia General del Ejercito de la República Dominicana;

4) Copia fotostática de la resolución número 0954-2016, de fecha 01 del mes de noviembre del año (2016), emitida por el Ministerio de Defensa, Junta de Retiro de las Fueras Armadas;

5) Copia fotostática...

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