Sentencia Nº 030-2017-SSEN-00303 del Tribunal Superior Administrativo, 19-12-2017

Fecha de sentencia19 Diciembre 2017
MateriaAcción de Amparo
Número de sentencia030-2017-SSEN-00303
Tipo de procesoAcción de Amparo

REPUBLICA DOMINICANA

PODER JUDICIAL

PRIMERA SALA DEL TRIBUNAL SUPERIOR ADMINISTRATIVO


EN NOMBRE DE LA REPUBLICA


  1. Sentencia núm. 030-2017-SSEN-00303

Expediente núm. 0030-2017-ETSA-00533

  1. NCI núm. 030-2017-AA-00157 Sol. Núm.030-2017-AA-00157

En la ciudad de Santo Domingo de G., Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diecinueve (19) días del mes de octubre del año dos mil Diecisiete (2017); año ciento setenta y cuatro 174´ de la Independencia y ciento cincuenta y cuatro 154´ de la Restauración.


La Primera Sala del Tribunal Superior Administrativo, de Jurisdicción Nacional, localizado en la calle J.S.R., No. 1-A, esquina S.S., Gazcue, Santo Domingo de G., Distrito Nacional, presidido por sus Jueces; VANESSA ACOSTA PERALTA J. Presidente en Funciones; J.; MERY LAINE COLLADO TACTUK, J.; U.J.C.M., J.; asistidas por la secretaria General L.D.G.V. y el alguacil de turno, han dictado en sus atribuciones de A., la sentencia que sigue:

CON MOTIVO DE LA ACCIÓN CONSTITUCIONAL DE AMPARO, interpuesta por el señor J.M.A.M.F., dominicano, mayor de edad, portador de la Cédula de Identidad y Electoral No. 402-2592470-9, con domicilio y residencia en la calle Tercera casa no.1 Urbanización Loyola, Distrito Nacional; quien tiene como abogado constituido y apoderado al Dr. V. de Jesús Correa, dominicano, mayor de edad, portador de las cédula de identidad y electoral No. 001-0113861-8, abogado de los tribunales de la República, con estudio profesional abierto en la Avenida Francia, No.101-B, Gazcue, Distrito Nacional; en lo adelante parte accionante.

CONTRA: EL MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA, ubicada dicha institución en la avenida México esquina L.N., No. 419, edificio Gubernamental J.P.D. piso 13, sector de Gazcue, Santo Domingo, Distrito Nacional, representados por la Procuraduría General Administrativa, y el ESTADO DOMINICANO representado por el Dr. L.M. pozo.


CRONOLOGÍA DEL PROCESO


1. En fecha veintiuno (21) del mes de abril del año dos mil diecisiete (2017), fue recibida por ante la Secretaria de este Tribunal, la solicitud de fijación de audiencia de la acción de amparo interpuesta por el señor J.M.A.M.F., en contra del EL MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA y el ESTADO DOMINICANO; conjuntamente con los documentos que sustentan la indicada acción de amparo.

2. Mediante Auto No. 00554-2017 de fecha 25 de abril del año dos mil diecisiete (2017), el Juez Presidente Tribunal Superior Administrativo, asigna el expediente marcado con el numero No. 030-2017-AA-00157, a la Primera Sala, a fin de que conozca del mismo.


3. Que mediante auto No.02363-2017, de fecha 25 de abril del 2017, se comunica a las partes involucradas la fijación de audiencia para el día 04/05/2017, a las (9:00) am, para conocer la presente acción amparo, así mismo se autoriza a la parte accionante a citar a la parte accionada, Ministerio de Interior y Policía y el Estado Dominicano, así como a la Procuraduría General Administrativa, el cual fue acusado su recibo por el accionante en fecha02/05/2017.


4. Que mediante acto de alguacil núm. 217-2017, de fecha 03/05/2017, del Ministerial V.M., la parte recurrente notifica el auto no.02363/2017, acto de emplazamiento para la audiencia con motivo de la acción constitucional de amparo.


5. Que a la audiencia de fecha 04/05/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Primero: Se Aplaza el conocimiento de la presente audiencia a los fines de que la parte accionante, cite a comparecer a todas las partes envueltas en el proceso; Segundo: Se fija próxima audiencia para el día jueves que contaremos a (18) de mayo del 2017, a las 9:00, horas de la mañana, a petición de la parte accionante.


6. Que a la audiencia de fecha 18/05/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Primero: Se Aplaza el conocimiento de la presente audiencia a los fines de que la parte accionante, cite a comparecer al Ministerio de Interior y Policía y verifique la situación procesal invocada por la parte accionada; Segundo: Se fija próxima audiencia para el día jueves que contaremos a (01) de junio del 2017, a las 9:00, horas de la mañana, a petición de la parte accionante; Tercero: Vale citación para las partes presentes y representadas.


7. Que mediante el acta de audiencia de fecha 01/06/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Primero: Se Aplaza el conocimiento de la presente audiencia a los fines de que la parte accionada, Ministerio de Interior y Policía; Segundo: Se fija próxima audiencia para el día jueves que contaremos a (22) de junio del 2017, a las 9:00, horas de la mañana; Tercero: Vale citación para las partes presentes y representadas.

8. Que a la audiencia de fecha 22/06/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Primero: Se Aplaza el conocimiento de la presente audiencia a los fines de que las partes accionadas retiren vía secretaria la instancia depositada en el día de hoy; Segundo: Se fija próxima audiencia para el día jueves que contaremos a (06) de julio del 2017, a las 9:00, horas de la mañana; Tercero: Vale citación para las partes presentes y representadas


9. Que a la audiencia de fecha 06/07/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Primero: Se Aplaza el conocimiento de la presente audiencia a los fines solicitados por la parte accionante; Segundo: Se fija próxima audiencia para el día jueves que contaremos a (03) de agosto del 2017, a las 9:00, horas de la mañana, a solicitud de la parte accionada, por no tener oposición de la parte accionante; Tercero: Vale citación para las partes presentes y representadas


10. Que a la audiencia de fecha 03/08/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Primero: Se Aplaza el conocimiento de la presente audiencia con el fin formulado por la parte accionante; Segundo: Se fija próxima audiencia para el día jueves que contaremos a (24) de agosto del 2017, a las 9:00, horas de la mañana; Tercero: Vale citación para las partes presentes y representadas.


11. Que a la audiencia de fecha 24/08/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Único: Se prorroga la presente audiencia acogiendo todos los planteamientos de las partes envueltas. Se fija para el 14/09/2017. Vale citación para las partes presentes y representadas.


12. Que a mediante el acto de alguacil no. 495-2016, de fecha 29/08/2016, la parte recurrente notifica el acto de emplazamiento y puesta en mora para que el Ministerio de Interior y Policía proceda a entregar la licencia de la pistola que adquirió del señor J.M.A.M. y se encuentra pendiente de entrega.


14. Que a la de audiencia de fecha 14/09/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: Primero: Se Aplaza el conocimiento de la presente audiencia sin objeción de la parte accionante, a los fines de que la parte accionada, Ministerio de Interior y Policía deposite documentos; Segundo: Se fija próxima audiencia para el día jueves que contaremos a (19) de octubre del 2017, a las 9:00, horas de la mañana, a solicitud de la parte accionada, por no tener oposición de la parte accionante; Tercero: Vale citación para las partes presentes y representadas

15. Que a la audiencia de fecha 19/09/2017, comparecieron las partes envueltas en el proceso, la cual culminó de la siguiente manera: ÚNICO: Se aplaza el fallo hasta tanto el Colegiado se encuentre en condiciones de deliberar y dictar sentencia definitiva en el día de hoy.

PRETENSIONES DE LAS PARTES

Parte Accionante:


A que, en fecha 21 de abril de 2017, el recurrente señor JUAN MANUEL ANTONIO MOREL FERNANDEZ, deposita ante la Secretaria de este Tribunal, la solicitud de fijación de audiencia de la acción constitucional de amparo contra del EL MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICIA y el ESTADO DOMINICANO,...

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