Sentencia Nº TC/0007/22 de Tribunal Constitucional, 20-01-2022

Número de sentenciaTC/0007/22
Número de expedienteTC-04-2021-0106
Fecha20 Enero 2022
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0106, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor E.M.L.Á. contra la Sentencia núm. 777, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras,
Contencioso Administrativo y C. cioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintiuno (21) de noviembre de
dos mil dieciocho (2018). Página 1 de 60
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0007/22
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2021-0106, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por el señor
E..M..L..Á.
contra la Sentencia núm. 777, dictada
por la Tercera Sala de lo Laboral,
Tierras, Contencioso Administrativo
y Contencioso Tributario de la
Suprema Corte de Justicia el veintiuno
(21) de noviembre de dos mil
dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, R.blica
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido porlos magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A.A., M.U.
.
B..V., J..P.C.K., V..J.C.
.
P., D..G., M..V.M. y J...A.V.
.
G., enejercicio desus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277delaConstitución; 9,
53 y siguientes dela Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0106, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor E.M.L.Á. contra la Sentencia núm. 777, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras,
Contencioso Administrativo y C. cioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintiuno (21) de noviembre de
dos mil dieciocho (2018). Página 2 de 60
los Procedimientos Constitucionales, defecha trece (13) de junio dedos mil
once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I.ANTECEDENTES
1.Descripción de la sentencia recurrida en revisión
La Sentencia núm. 777, objeto del presente recurso de revisión jurisdiccional,
fue dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia, elveintiuno
(21) de noviembre de dos mil dieciocho (2018); en su parte dispositiva se hace
constar lo siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por el Dr. E..
.
M.L.Á., contra la sentencia dictada por la Primera Sala
de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional, el 31 de enero de 2018,
cuyo dispositivo ha sido copiado en parteanterior del presente fallo;
Segundo: Compensa las costas del procedimiento.
Se hace constar, dentro de las piezas que componen el expediente, el
memorándum suscrito por la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia
el tres (3) de mayo de dos mil diecinueve (2019), relativo a la comunicación
del dispositivo de la sentencia antes descrita, a la parte recurrente, señor
E.M.L..Á. -en manos de sus representantes legales
M..E.B..S., F.M.S. Garrido y F.
.
J.J.- recibido el ocho (8) de mayo de dos mil diecinueve (2019).
Así mismo se hace constar que la Sentencia núm. 777, objeto de impugnación,
fue notificada a la parte recurrente de forma íntegra el quince (15) de octubre
de dos mil veinte (2020), mediante el Acto núm. 0490/2020, instrumentado por
el ministerial E.J.L..L., alguacil de estrados de la Primera Sala
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0106, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por el
señor E.M.L.Á. contra la Sentencia núm. 777, dictada por la Tercera Sala de lo Laboral, Tierras,
Contencioso Administrativo y C. cioso Tributario de la Suprema Corte de Justicia el veintiuno (21) de noviembre de
dos mil dieciocho (2018). Página 3 de 60
de la Corte de Trabajo del D.N., a requerimiento de la parte recurrida, Centro
de Diagnóstico y Medicina Avanzada y de Conferencias Médicas y
Telemedicina (CEDIMAT).
2.Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El trece (13) de noviembre de dos mil veinte (2020), mediante escrito
depositado ante el Centro de Servicios Presenciales de la Suprema Corte de
Justicia, el señor E..M.L..Á. interpuso recurso de revisión
contra la referida sentencia núm. 777, siendo remitido este tribunal el
veintinueve (29) de junio de dos mil veintiuno (2021).
Asimismo, se hace constar que el escrito contentivo del recurso de revisión de
referencia fue notificado a la parte recurrida, Centro de Diagnóstico y Medicina
Avanzada y de Conferencias Médicas y Telemedicina (CEDIMAT), el
dieciocho (18) de noviembre de dos mil veinte (2020), mediante el Acto núm.
918/2020, instrumentado por el ministerial J.L..M.U., alguacil de
estrados de la Segunda Sala de la Corte de Trabajo del Distrito Nacional.
Mientras que la parte recurrida depositó escrito de defensa el catorce (14) de
diciembre de dos mil veinte (2020), por ante el órgano casacional; recibido en
este Tribunal Constitucional el veintinueve (29) de junio de dos mil veintiuno
(2021).
La parte recurrente formuló réplica al señalado escrito de defensa, mediante
instancia depositada el dieciocho (18) de enero de dos mil veintiuno (2021) ante
la Secretaría de la Suprema Corte de Justicia, recibida elveintinueve (29) de
junio de dos mil veintiuno (2021) en la Secretaría del Tribunal Constitucional.

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