Sentencia Nº TC/0016/18 de Tribunal Constitucional, 07-03-2018

Número de sentenciaTC/0016/18
Número de expediente TC-05-2016-0375
Fecha07 Marzo 2018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0375 relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo de cumplimiento
interpuesto por Julia Noemí Pérez Méndez y Miosotis Elisabeth Hoepelman contra la Sentencia núm. 00151 -2016, dictada por la
Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cuatro (4) de abril de dos mil doce (2016). Página 1 de 21
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0016/18
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2016-0375, relativo al recurso de
revisión constitucional en materia de
amparo de cumplimiento interpuesto
por Julia Noemí Pérez Méndez y
Miosotis Elisabeth Hoepelman contra
la Sentencia núm. 00151-2016,
dictada por la Tercera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
cuatro (4) de abril de dos mil doce
(2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los siete (7) días del mes de marzo del año dos mil dieciocho
(2018).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados Milton
Ray Guevara, presidente; Leyda Margarita Piña Medrano, primera sustituta; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Ana Isabel Bonilla Hernández, Justo Pedro
Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Jottin Cury David, Rafael
Díaz Filpo, Víctor Gómez Bergés, Wilson S. Gómez Ramírez e Idelfonso Reyes,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185, numeral 4 de la Constitución y 94 de la Ley núm.
137-11 Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente
decisión:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2016-0375 relativo al recurso de revisión constitucional en materia de amparo de cumplimiento
interpuesto por Julia Noemí Pérez Méndez y Miosotis Elisabeth Hoepelman contra la Sentencia núm. 00151 -2016, dictada por la
Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el cuatro (4) de abril de dos mil doce (2016). Página 2 de 21
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional en
materia de amparo
La Sentencia núm. 00151-2016, dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior
Administrativo el cuatro (4) de abril de dos mil dieciséis (2016), en atribuciones
de tribunal de amparo. Dicho fallo declaró inadmisible la acción presentada
mediante el dispositivo siguiente:
FALLA
Primero: SE DECLARA INADMISIBLE de Oficio, la presente acción
constitucional de amparo interpuesta por las licenciadas Julia Noemí Pérez
Méndez y Miosotis Elisabeth Hoepelman en fecha primero (01) de marzo
del año 2015 por ser improcedente el cumplimiento de las sentencias
emitidas por el Poder Judicial para la protección efectiva de los derechos
fundamentales invocados, a la luz del artículo 108 inciso a) de la Ley No.
137-1 1 de fecha 13 de junio del año 2011, Orgánica del Tribunal
(Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, corno lo es la vía
contenciosa administrativa por ante este Tribunal Superior Administrativo,
conforme a los motivos indicados.
Segundo: DECLARA libre de costas el presente proceso.
Tercero: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la parte
accionante Licdas Julia Noemí Pérez Méndez y Miosotis Elisabeth
Hoepelman a las partes accionadas la DTRECCION GENERAL DE.
PASAPORTES y el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES y la
PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines procedentes.

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