Sentencia Nº TC/0029/22 de Tribunal Constitucional, 26-01-2022

Número de sentenciaTC/0029/22
Fecha26 Enero 2022
Número de expedienteTC-04- 2021-0049
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0049, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Inversiones Calp e, S.R.L., en contra de la Sentencia núm. 1072-2020-SSEN-00246, dictada por la Segunda Sala de la
Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, el cinco (5) de octubre de
dos mil veinte (2020).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0029/22
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2021-0049, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por
Inversiones Calpe, S.R.L., en contra de
la Sentencia núm. 1072-2020-SSEN-
00246, dictada por la Segunda Sala de
la Cámara Civil y Comercial del
Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de Puerto Plata, el
cinco (5) de octubre de dos mil veinte
(2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintiséis (26) días del mes de enero del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A..A., M..U.
.
B.V., J.P..C..K., V.J.C.
.
P., D..G., M..d..C.S. de Cabrera, M.V.
.
M., J.A.V.G. y E.V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185 de la Constitución y 53 de la Ley núm. 137-11,
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0049, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Inversiones Calp e, S.R.L., en contra de la Sentencia núm. 1072-2020-SSEN-00246, dictada por la Segunda Sala de la
Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, el cinco (5) de octubre de
dos mil veinte (2020).
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Orgánica del Tribunal Constitucional y los Procedimientos Constitucionales,
del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de Puerto P., mediante su S.cia núm.
1072-2020-SSEN-00246, dictada el cinco (5) de octubre de dos mil veinte
(2020), declaró la nulidad del recurso contencioso administrativo interpuesto
por Inversiones Calpe, S.R.L. El dispositivo completo de dicha decisión es el
siguiente:
PRIMERO: Acoge las conclusiones incidentales presentadas por la
parte recurrida, en consecuencia, declara la nulidad del presente
recurso contencioso administrativo incoado mediante instancia de
fecha 11-2-2020, notificado mediante acto núm. 229-2020, de fecha 21-
02-2020, del ministerial R.A.R.M..
SEGUNDO: Compensa las costas del proceso.
Existe constancia en el expediente de que la referida sentencia núm. 1072-2020-
SSEN-00246, fue notificada a la parte recurrente Inversiones Calpe, S.R.L.,
mediante Acto núm. 703-2020, instrumentado por el ministerial F.V.
.
F., alguacil ordinario del Juzgado de Trabajo del Distrito judicial de
Puerto Plata el veintidós (22) de octubre de dos mil veinte (2020).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2021-0049, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
Inversiones Calp e, S.R.L., en contra de la Sentencia núm. 1072-2020-SSEN-00246, dictada por la Segunda Sala de la
Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, el cinco (5) de octubre de
dos mil veinte (2020).
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
La parte recurrente, Inversiones Calpe, S.R.L., interpuso recurso de revisión
constitucional ante el Centro de Servicios S. de la Jurisdicción Civil
de Puerto Plata, el cinco (5) de noviembre de dos mil veinte (2020), recibida en
la Secretaría del Tribunal Constitucional, el dieciséis (16) de marzo de dos mil
veintiuno (2021).
El referido recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional fue
notificado a la parte recurrida, Junta de Vocales del Distrito Municipal de
Cabarete, B..J., J.C.l D., R.el A. M.C., y
C.R..C., mediante el Acto núm. 1,264/2020, instrumentado por el
ministerial K.O..P., alguacil ordinario de la Cámara Civil y
Comercial del Juzgado de Primera Instancia de Puerto Plata, el cinco (5) de
noviembre de dos mil veinte (2020).
La Junta de Vocales del Distrito Municipal de Cabarete y compartes, recurridos
en revisión constitucional, depositaron escrito de defensa ante el Centro de
Servicio Presencial del Palacio de Justicia de Puerto Plata, el veinticuatro (24)
de noviembre de dos mil veinte (2020), recibido en este tribunal constitucional
el dieciséis (16) de marzo de dos mil veintiuno (2021).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de P.era
Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, mediante la Sentencia civil núm.
1072-2020-SSEN-00246, dictada el cinco (5) de octubre de dos mil veinte
(2020), declaró la nulidad del recurso contencioso administrativo interpuesto

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