Sentencia Nº TC/0031/20 de Tribunal Constitucional, 06-02-2020

Número de sentenciaTC/0031/20
Fecha06 Febrero 2020
Número de expediente TC-05- 2017-0029
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0029, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) contra la Sentencia núm. 00260/2016, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintisiete (27) de junio de dos mil dieciséis (2016).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0031/20 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2017-0029, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el Ministerio
de Salud Pública y Asistencia Social
(MISPAS) contra la Sentencia núm.
00260/2016, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior
Administrativo el veintisiete (27) de
junio de dos mil dieciséis (2016).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los seis (6) días del mes de febrero del año dos mil veinte (2020).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Alba Luisa Beard Marcos, Ana Isabel Bonilla Hernández,
Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Gil y Wilson S. Gómez Ramírez,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2017-0029, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS) contra la Sentencia núm. 00260/2016, dictada por la Tercera
Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintisiete (27) de junio de dos mil dieciséis (2016).
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1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 00260/2016, objeto del presente recurso de revisión, fue
dictada por la Tercera Sala del Tribunal Superior Administrativo el veintisiete
(27) de junio de dos mil dieciséis (2016) y resolvió la acción de amparo
sometida por el Centro Médico Dra. Maritza Jiménez, S.R.L., contra del
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MISPAS). El dispositivo de la
referida sentencia reza de la siguiente manera:
PRIMERO: Declara buena y válida en cuanto a la forma, la Acción de
Amparo interpuesta por el CENTRO MÉDICO DRA. MARITZA
JIMENEZ, S.R.L., contra el MINISTERIO DE SALUD PUBLICA &
ASISTENCIA SOCIAL, por haber sido incoada de acuerdo a las
disposiciones que rigen la materia.
SEGUNDO: En cuanto al fondo, ACOGE la indicada acción de amparo,
por las razones esbozadas en la parte considerativa de la presente
sentencia, en consecuencia, se ORDENA la reapertura del
establecimiento comercial del CENTRO MÉDICO DRA. MARITZA
JIMENEZ, S.R.L., ubicado en el número 92 de la Av. Hermanas Mirabal,
sector La Joya de Santiago de los Caballeros, provincia Santiago por el
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA & ASISTENCIA SOCIAL.
TERCERO: Se RECHAZA la solicitud de astreinte planteada por la
parte accionante, por las razones establecidas.
CUARTO: DECLARA el presente proceso libre de costas.

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