Sentencia Nº TC/0046/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0046/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-04-2020-0018
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0018, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Diomedes Feliz González contra la Sentencia núm. 313-2019, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el treinta y uno (31) de julio de dos mil diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0046/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2020-0018, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
Diomedes Feliz González contra la
Sentencia núm. 313-2019, dictada por
la Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el treinta y uno (31) de julio de
dos mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiún
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, José
Alejandro Ayuso, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín Castellanos
Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez y Miguel Valera Montero, en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, 9 y 53 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0018, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Diomedes Feliz González contra la Sentencia núm. 313-2019, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el treinta y uno (31) de julio de dos mil diecinueve (2019).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 313-2019, decisión objeto del presente recurso de revisión
constitucional de decisión jurisdiccional, fue dictada por la Tercera Sala de la
Suprema Corte de Justicia el treinta y uno (31) de julio de dos mil dieciocho
(2018). Su dispositivo, transcrito íntegramente, es el siguiente:
PRIMERO: RECHAZA el recurso de casación interpuesto por
Diomedes Feliz González, contra la sentencia núm. 07/2017, de fecha
28 de febrero de 2017, dictada por la Cámara Civil de la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de San Cristóbal, en atribuciones
laborales, cuyo dispositivo se ha copiado en parte anterior al presente
fallo.
SEGUNDO: COMPENSA las costas del procedimiento.
La referida sentencia fue notificada a la parte recurrente, el señor Diomedes
Feliz González, mediante el Acto núm. 164/2019, instrumentado por el
ministerial Rubén Antonio Pérez Moya
1
el veintiuno (21) de agosto de dos mil
diecinueve (2019).
1
Alguacil ordinario de la Cuarta Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0018, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor Diomedes Feliz González contra la Sentencia núm. 313-2019, dictada por la Tercera Sala de la Suprema Corte de
Justicia el treinta y uno (31) de julio de dos mil diecinueve (2019).
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2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El presente recurso de revisión ha sido interpuesto por el señor Diomedes Feliz
González, mediante instancia depositada en la Secretaría General de la Suprema
Corte de Justicia el diecinueve (19) de septiembre de dos mil diecinueve (2019).
El referido recurso fue notificado a la parte recurrida, Refinería Dominicana de
Petróleo, PDV, S.A. (REFIDOMSA, PVD, S.A.), mediante el Acto núm.
0468/2019, instrumentado por el ministerial Engels José Sena Segura
2
el veinte
(20) de septiembre de dos mil diecinueve (2019).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación
interpuesto por el señor Diomedes Feliz González. Los fundamentos de la
decisión impugnada son los que se transcriben a continuación:
Que el derecho del trabajo está sometido a la primacía de la realidad y
a la materialidad de los hechos que priman en la búsqueda de la verdad;
se nutre de realidades y de hechos comprobados, no de fantasías ni
falacias, en la especie, la parte recurrente que recibió sus prestaciones
laborables ordinarias y derechos adquiridos (RD$1,931,644.95), de
acuerdo con la hoja de terminación del contrato de trabajo, además del
fondo de ahorro complementario (RD$1,687,777.90), estaba validando,
2
Alguacil de estrados de la Segunda Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
San Cristóbal.

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