Sentencia Nº TC/0050/22 de Tribunal Constitucional, 17-02-2022

Número de sentenciaTC/0050/22
Fecha17 Febrero 2022
Número de expediente TC-05- 2021-0020
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0020, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor C.L.R.A. contra la Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00278 dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo del trece (13) de agosto del año dos mil diecinueve (2019).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0050/22
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0020, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por el señor
C.L.R.A. contra
la Sentencia núm. 0030-03-2019-
SSEN-00278, dictada por la Segunda
Sala del Tribunal Superior
Administrativo del trece (13) de
agosto del año dos mil diecinueve
(2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil
veintidós (2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
R.D.F., primer sustituto, en funciones de presidente; L.V.
.
S., segundo sustituto; A.L.B.M., J.P.C.
.
K., V..J.C.P., D.G., M.d..C.
.
S. de Cabrera, Miguel V..M. y J.A..V..G.,
en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0020, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor C.L.R.A. contra la Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00278 dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo del trece (13) de agosto del año dos mil diecinueve (2019).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia de amparo de cumplimiento recurrida en
revisión
La Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00278, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo,
el trece (13) de agosto de dos mil diecinueve (2019). Este fallo declaró
inadmisible el amparo de cumplimiento promovido por el señor C.L...
.
R..A. contra la Dirección General de la Policía Nacional, el
veinticuatro (24) de junio de dos mil diecinueve (2019). El dispositivo de la
indicada sentencia reza de la siguiente manera:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE, la acción Constitucional de
Amparo de Cumplimiento intentada por el señor CESAR LORENZO
REYES ALMONTE, en fecha 24 de junio de 2019, contra la DIRECCIÓN
GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL, en virtud de lo que establece
el artículo 107 P.rafo I de la Ley núm. 137-11 Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, por los
motivos expuestos en la presente sentencia.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley núm. 137-11 Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales.
TERCERO: ORDENA, que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La referida Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00278 fue notificada por la
secretaría general del Tribunal Superior Administrativo al señor C.L.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0020, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor C.L.R.A. contra la Sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00278 dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo del trece (13) de agosto del año dos mil diecinueve (2019).
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R.A. y a la Procuraduría General Administrativa mediante entrega
de copia certificada del fallo, según consta en sendas certificaciones expedidas
el once (11) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Estas certificaciones
figuran recibidas por el representante legal del accionante y por la indicada
institución, respectivamente, el once (11) y dieciséis (16) del mismo mes y año.
La secretaría general del Tribunal Superior Administrativo notificó asimismo
la aludida sentencia núm. 0030-03-2019-SSEN-00278 al representante legal de
la Dirección General de la Policía Nacional mediante el Acto núm. 196-2019,
instrumentado por el ministerial H.o R.ón F.
1
el dieciocho
(18) de noviembre de dos mil diecinueve (2019). Este documento fue sellado
como recibido por el departamento de Litigación y Defensoría Policial de la
Dirección de Asuntos Legales de la Policía Nacional en esa misma fecha.
2. Presentación del recurso de revisión de amparo de cumplimiento
El recurso de revisión constitucional contra la Sentencia núm. 0030-03-2019-
SSEN-00278, fue interpuesto por el señor C.L..R.A.,
mediante instancia depositada ante la secretaría general del Tribunal Superior
Administrativo el dieciocho (18) de octubre de dos mil diecinueve (2019), la
cual fue recibida en este Tribunal Constitucional el dieciocho (18) de marzo de
dos mil veintiuno (2021). Mediante este documento, la parte recurrente alega
que el tribunal de amparo incurrió en una errónea interpretación y aplicación
del art. 107 (P.I.) de la Ley núm. 137-11. En esencia, el recurrente
argumenta que el plazo de sesenta (60) días establecido en la antes mencionada
disposición legal debe computarse en días laborales, al igual que los quince
(15) días otorgados a favor de la autoridad renuente para cumplir y/o contestar
el reclamo presentado por la parte solicitante, lo cual se encuentra prescrito en
la parte capital de dicho artículo.
1
A. ordinario del Tribunal Superior Administrativo.

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