Sentencia Nº TC/0050/23 de Tribunal Constitucional, 23-01-2023

Número de sentenciaTC/0050/23
Fecha23 Enero 2023
Número de expedienteTC-05-2021-0046
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0046, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
E.R.C. de la Rosa, contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00355, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 56
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0050/23 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0046, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por E.
.
R..C. de la Rosa, contra la
Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-
00355, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
catorce (14) de noviembre del año dos
mil diecinueve (2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veintitrés (23) días del mes de enero del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.é A.A., A.L.B.
.
M., M..U..B.V., J.P..C..K., V.
.
J.C..P., D..G., M..V.M. y E.
.
V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0046, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
E.R.C. de la Rosa, contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00355, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 56
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00355, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo, fue dictada por la Primera Sala
del Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de noviembre del año dos
mil diecinueve (2019); contiene el siguiente dispositivo:
PRIMERO: DECLARA regular y válida, en cuanto a la forma, la
presente Acción Constitucional de Amparo, interpuesta en fecha cuatro
(04) del mes de julio del año dos mil diecinueve (2019), por el señor
ESTARLYN CASTILLO DE LA ROSA, en contra de la POLICIA
NACIONAL y LICURGO EVANGELISTA YUNES PEREZ, General de
Brigada, D. General de Recursos Humanos de la Policía
Nacional, por haber sido interpuesta de conformidad con la ley que
regula la materia.
SEGUNDO: RECHAZA, en cuanto al fondo, la citada Acción
Constitucional de Amparo incoada por el señor ESTARLYN CASTILLO
DE LA ROSA, por no existir transgresión alguna al debido proceso de
ley.
TERCERO: DECLARA libre de costas el presente proceso de
conformidad con el artículo 66 de la Ley No. 137-11 de fecha 13 de
junio del año 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales.
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0046, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
E.R.C. de la Rosa, contra la Sentencia núm. 0030-02-2019-SSEN-00355, dictada por la Primera Sala del
Tribunal Superior Administrativo el catorce (14) de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 56
CUARTO: ORDENA la comunicación, vía secretaría general, de la
presente sentencia a las partes envueltas así como a la
PROCURADURÍA GENERAL ADMINISTRATIVA.
QUINTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo.
La sentencia previamente descrita fue notificada a la parte recurrente, señor
E.R.C. de la Rosa, mediante acto s/n, emitido por la Secretaría
General del Tribunal Superior Administrativo el diez (10) de enero del año dos
mil veinte (2020), recibido en la misma fecha por el referido señor.
De igual forma, la sentencia recurrida fue notificada a la Policía Nacional y al
señor L..E.Y..P., a través del Acto núm. 95/2020, del
treinta y uno (31) de enero del año dos mil veinte (2020), instrumentado por
R.Y.d.O.R., alguacil ordinario del Tribunal Superior
Administrativo.
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de sentencia de
amparo
En el presente caso, la parte recurrente, señor E.R..C. de la
Rosa, interpuso un recurso de revisión contra la sentencia recurrida, mediante
instancia depositada en la Secretaría del Tribunal Superior Administrativo el
quince (15) de enero del año dos mil veinte (2020), recibido en este tribunal el
veintiséis (26) de marzo del año dos mil veinte (2020).
El presente recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo fue
notificado a la parte recurrida, Policía Nacional, a L.E.Y.
.
P., y al procurador general administrativo, mediante el Acto núm. 0106-

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