Sentencia Nº TC/0060/23 de Tribunal Constitucional, 24-01-2023

Número de sentenciaTC/0060/23
Fecha24 Enero 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0093
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0093, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
los señores V.M.G.S. y H.M.O.V. allejo contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-
00262, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0060/23 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0093, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por los señores
V..M..G..S. y
H.M..O.V. contra la
Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-
00262, dictada por la Segunda Sala del
Tribunal Superior Administrativo el
treinta y uno (31) de mayo de dos mil
veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de enero del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L..B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C..K., V...
.
J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, M.V.M., J..A..V.G. y E.
.
V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9 y 94
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y los
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0093, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
los señores V.M.G.S. y H.M.O.V. allejo contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-
00262, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno
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Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-00262, objeto del presente recurso de
revisión fue dictada el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno (2021)
por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo. En su fallo se
rechaza la acción en el entendido de que el procedimiento disciplinario seguido
en relación con los señores V.or M..G.S. y H..M..O.
.
V. se había desarrollado conforme al derecho a la tutela judicial efectiva y
debido proceso. Su parte dispositiva textualmente expresa lo siguiente:
PRIMERO: RECHAZA el medio de inadmisión, por falta de interés,
promovido por la parte recurrida, POLICIA NACIONAL, así como por
la PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA, según los
artículos 44 de la Ley núm. 834, de fecha 15 de Julio de 1978, normas
jurídicas del Derecho común aplicables y 70 de la Ley núm. 137-11, de
fecha 15 de junio de 2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales; por los motivos expuestos en el
cuerpo de la presente decisión.
SEGUNDO: DECLARA buena y válida, en cuanto a la forma, la
presente Acción de A., de fecha 17 de febrero del año 2021,
interpuesta por los señores V.M..G.S. y
H.M..O..V., en contra de la POLICIA
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Expediente núm. TC-05-2022-0093, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
los señores V.M.G.S. y H.M.O.V. allejo contra la Sentencia núm. 0030-03-2021-SSEN-
00262, dictada por la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo el treinta y uno (31) de mayo de dos mil veintiuno
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NACIONAL, por haber sido incoada de acuerdo con la ley y el
Derecho; y, en cuanto al fondo, RECHAZA la misma; por los motivos
expuestos en el cuerpo de la presente decisión.
TERCERO: DECLARA el proceso libre del pago de las costas, de
conformidad con los artículos 72 de la Constitución y 7.6 y 66 de la Ley
núm. 137-11, de fecha 15 de junio de 2011, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los procedimientos constitucionales.
CUARTO: ORDENA a la Secretaría General, que proceda a la
notificación de la presente sentencia a las partes accionantes, señores
V..M.G.S. y H.M.O.
.
V.; a la parte accionada, POLICIA NACIONAL, así como a la
PROCURADURIA GENERAL ADMINISTRATIVA, de acuerdo con los
artículos 42 y 46 de la Ley núm. 1494, de fecha 09 de agosto de 1947,
que instituye la J. Contencioso-Administrativa y 92 de la Ley
núm. 137-11, de fecha 15 de junio de 2011, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los procedimientos constitucionales.
QUINTO: DISPONE que la presente sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior Administrativo, según el artículo 38 de
la Ley núm. 1494, de fecha 09 de agosto de 1947, que instituye la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
La sentencia previamente descrita fue notificada el veintidós (22) de noviembre
del dos mil veintiuno (2021) a la parte recurrente, señores V..M.G..
.
S. y H.M..O..V., mediante Acto núm. 1173/2021,
instrumentado por el ministerial J.L..C.M., alguacil del Tribunal
Superior Administrativo, a requerimiento del mismo tribunal.

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