Sentencia Nº TC/0067/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0067/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-04-2019-0252
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0252, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la
razón social Veiramar, S.A. (antiguo Puerto Merengue), Enrique Barreras Alen y Francisco Martí contra la Resolución núm.
1290-2017, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete
(2017).
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EN NOMBRE DE LA REPUBLICA
SENTENCIA TC/0067/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2019-0252, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional incoado por la razón
social Veiramar, S.A. (antiguo Puerto
Merengue), Enrique Barreras Alen y
Francisco Martí contra la Resolución
núm. 1290-2017, dictada por las Salas
Reunidas de la Suprema Corte de
Justicia el veintiséis (26) de enero de
dos mil diecisiete (2017).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiún
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Rafael Díaz Filpo, primer sustituto; Lino
Vásquez Sámuel, segundo sustituto; Hermógenes Acosta de los Santos, Alba
Luisa Beard Marcos, Justo Pedro Castellanos Khoury, Víctor Joaquín
Castellanos Pizano, Domingo Gil, Wilson S. Gómez Ramírez y Miguel Valera
Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución y
9, 53 y 54 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2019-0252, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional incoado por la
razón social Veiramar, S.A. (antiguo Puerto Merengue), Enrique Barreras Alen y Francisco Martí contra la Resolución núm.
1290-2017, dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26) de enero de dos mil diecisiete
(2017).
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los Procedimientos Constitucionales, de trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión
La Resolución núm. 1290-2017, objeto del presente recurso de revisión, fue
dictada por las Salas Reunidas de la Suprema Corte de Justicia el veintiséis (26)
de enero de dos mil diecisiete (2017). Su dispositivo reza de la siguiente manera:
PRIMERO: Declarar el defecto de la entidad Veiramar, S.A.
(continuadora jurídica de Puerto Merengue, S.A.) parte recurrida, en
el recurso de casación interpuesto por Marco Antonio Medina Ocasio
y María Dolores Ortiz; contra la sentencia No. 026-03-2016-SSEN-
0233, dictada por la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial de
la Corte de Apelación del Distrito Nacional, el 29 de abril de 2016; por
no haber constituido abogado ni producido su memorial de defensa en
el plazo que indica la ley;
SEGUNDO: Rechazar la solicitud de caducidad hecha por la sociedad
Veiramar, S.A., contra el recurso de casación, interpuesto por Marco
Antonio Medina Ocasio y María Dolores Ortiz;
TERCERO: Ordenar que esta resolución sea notificada a las partes
interesadas y publicada en el Boletín Judicial.

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