Sentencia Nº TC/0077/23 de Tribunal Constitucional, 25-01-2023

Número de sentenciaTC/0077/23
Fecha25 Enero 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0024
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República D.cana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0024, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor E.C.E. contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00064, dictada por la Tercera S.a del
Tribunal Superior A.nistrativo el nueve (9) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Página 1 de 40
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0077/23 Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0024, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo interpuesto por el señor
E.C. Echevarría contra
la Sentencia núm. 0030-04-2021-
SSEN-00064, dictada por la Tercera
S.a del Tribunal Superior
A.nistrativo el nueve (9) de febrero
de dos mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
D.cana, a los veinticinco (25) días del mes de enero del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..V., J..P.C.llanos K., V.
.
J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, M..V..M., J.A.V..G. y E.
.
V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución; 9, 94 y
siguientes de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República D.cana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0024, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor E.C.E. contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00064, dictada por la Tercera S.a del
Tribunal Superior A.nistrativo el nueve (9) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Página 2 de 40
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La decisión objeto del presente recurso de revisión es la Sentencia núm. 0030-
04-2021-SSEN-00064, dictada por la Tercera S.a del Tribunal Superior
A.nistrativo, el nueve (9) de febrero de dos mil veintiuno (2021), cuya parte
dispositiva dice lo que, a continuación transcribimos:
PRIMERO: DECLARA inadmisible la presente acción constitucional de
amparo, interpuesta por el señor, E..C.
.
E., en fecha ocho (08) de octubre del año 2020, contra la
DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL Y EL
MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA, por encontrarse vencido el
plazo de 60 días a tales fines, de acuerdo a las disposiciones del artículo
70, numeral 2do, de la Ley núm. 137-11 de fecha 13 de junio del año
2011, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, conforme los motivos indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
TERCERO: ORDENA la comunicación de la presente sentencia a la
parte accionante, ENYEHR CRISOSTOMO ECHAVARRÍA, a la parte
accionada DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA NACIONAL Y EL
MINISTERIO DE INTERIOR Y POLICÍA; y a la PROCURADURÍA
GENERAL ADMINISTRATIVA, a los fines procedentes.
CUARTO: ORDENA que la presente Sentencia sea publicada en el
Boletín del Tribunal Superior A.nistrativo.
República D.cana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0024, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor E.C.E. contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00064, dictada por la Tercera S.a del
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Mediante certificación del seis (6) de abril de dos mil veintiuno (2021), emitida
por la secretaria general del Tribunal Superior A.nistrativo, se notificó la
referida decisión a la parte recurrente, el señor E.hr Crisóstomo E..
Mediante el Acto núm. 258-2021, del cinco (5) de mayo de dos mil veintiuno
(2021), instrumentado por el ministerial I.R..L., alguacil ordinario
del Tribunal Superior A.nistrativo, se notificó la referida decisión a la parte
recurrida, Dirección General de la P.cía Nacional.
Mediante el Acto núm. 257-2021, del cinco (5) de mayo de dos mil veintiuno
(2021), instrumentado por el ministerial I.R.L., alguacil ordinario
del Tribunal Superior A.nistrativo, se notificó la referida decisión a la parte
recurrida, M.o de I.or y P.cía.
Mediante el Acto núm. 296-2021, del treinta y uno (31) de mayo de dos mil
veintiuno (2021), instrumentado por la ministerial S..F..G.,
alguacil ordinario del Tribunal Superior A.nistrativo, se notificó la referida
decisión a la Procuraduría General A.nistrativa.
2. Presentación del recurso de revisión en materia de amparo
El señor E.C.E. interpuso el presente recurso de
revisión de sentencia de amparo mediante instancia depositada ante el Tribunal
Superior A.nistrativo, el trece (13) de abril dos mil veintiuno (2021), la cual
fue recibida en este tribunal, el veintiséis (26) de enero de dos mil veintidós
(2022).
La instancia contentiva del indicado recurso de revisión fue notificada a la parte
recurrida, Dirección General de la P.cía Nacional, mediante el Acto núm. 474-
2021, del seis (6) de mayo de dos mil veintiuno (2021), instrumentado por el
República D.cana
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Expediente núm. TC-05-2022-0024, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por el
señor E.C.E. contra la Sentencia núm. 0030-04-2021-SSEN-00064, dictada por la Tercera S.a del
Tribunal Superior A.nistrativo el nueve (9) de febrero de dos mil veintiuno (2021). Página 40 de 40
V.M., juez; J.A.V.G., juez; E.V.
.
A., jueza; G.A.V.R., secretaria.
La presente sentencia es dada y firmada por los señores jueces del Tribunal
Constitucional que anteceden, en la sesión del Pleno celebrada el día, mes y año
anteriormente expresados, y publicada por mí, secretaria del Tribunal
Constitucional, que certifico.
G.A.V.R..
.
S.

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