Sentencia Nº TC/0087/22 de Tribunal Constitucional, 05-04-2022

Número de sentenciaTC/0087/22
Fecha05 Abril 2022
Número de expedienteTC-04-2020-0083
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0083, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.L.M. con tra la Resolución núm. 2686-2018, emitida por la Segunda Sala Penal de la Suprema
Corte de Justicia el dieciséis (16) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Página 1 de 59
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0087/22
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2020-0083, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por el señor
A..L..M. contra la
Resolución núm. 2686-2018, emitida
por la Segunda Sala Penal de la
Suprema Corte de Justicia el dieciséis
(16) de octubre de dos mil diecinueve
(2019).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de abril del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J..A.A., A..L.B.
.
M., M..U.B..V., Justo Pedro C..K., V.
.
J.C.P., D.G., M.d.C.S. de
Cabrera, J..A.V..G. y E..V.A., en
ejercicio de sus competencias constitucionales y legales, específicamente las
previstas en los artículos 185.4 y 277 de la Constitución, así como en los
artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional
y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil
once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0083, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.L.M. con tra la Resolución núm. 2686-2018, emitida por la Segunda Sala Penal de la Suprema
Corte de Justicia el dieciséis (16) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Página 2 de 59
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Resolución núm. 2686-2018, objeto del presente recurso de revisión
constitucional, fue dictada por la Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de
Justicia el dieciséis (16) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Este fallo
declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por el actual recurrente
en revisión, señor A..L.M., contra la Sentencia núm. 501-2018-
SRES-2016, expedida por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Distrito Nacional el dieciséis (16) de abril de dos mil dieciséis
(2016).
El dispositivo de la indicada resolución núm. 2686-2018 reza de la manera
siguiente:
Primero: Declara inadmisible el recurso de casación interpuesto por
A.L..i..M., contra la resolución núm. 501-2018-SRES-
00106, dictada por la Primera Sala de la Cámara Penal de la Corte de
Apelación del Distrito Nacional el 16 de abril de 2016, cuyo dispositivo
aparece copiado en parte anterior de la presente resolución;
Segundo: Condena al recurrente al pago de las costas.
Entre los documentos que figuran en el expediente de la especie no consta una
notificación fehaciente de la indicada resolución núm. 2686 al señor A.
.
L.M., parte recurrente en revisión. En cambio, sí se observa entre los
dichos documentos un memorándum emitido por la secretaria general de la
Suprema Corte de Justicia, señora C.A.R., mediante el cual se le
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Expediente núm. TC-04-2020-0083, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
el señor A.L.M. con tra la Resolución núm. 2686-2018, emitida por la Segunda Sala Penal de la Suprema
Corte de Justicia el dieciséis (16) de octubre de dos mil diecinueve (2019). Página 3 de 59
notifica al representante legal de la parte recurrente el dispositivo de la
resolución recurrida, el quince (15) de octubre de dos mil dieciocho (2018).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El presente recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional contra
la referida resolución núm. 2686-2018, fue interpuesto por el señor A.
.
L.M. mediante instancia depositada en la Secretaría General de la
Suprema Corte de Justicia el dieciséis (16) de octubre de dos mil diecinueve
(2019), el cual fue remitido a este tribunal constitucional el veintidós (22) de
mayo de dos mil veinte (2020). Dicho recurso fue notificado a las partes
recurridas, señores Domingo Cuevas Cuevas, M.R.M. y J.
.
D..M.M., así como a la Policía Nacional, mediante sendos actos de
alguacil del diecisiete (17) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
1
Posteriormente, el referido recurrente en revisión advirtió la existencia de un
error material en los aludidos actos de notificación (respecto al número
identificatorio de la sentencia recurrida en revisión), motivo por el cual
promov la instrumentación de nuevas notificaciones de la aludida resolución
núm. 2686-2018 a las indicadas partes recurridas, con el objeto de enmendar el
error cometido.
2
La instancia original del recurso de revisión también le fue notificada a la
Procuraduría General de la República, de acuerdo con el Oficio núm. 10071
expedido por la secretaria general de la Suprema Corte de Justicia, señora
C.A..R.V., el cuatro (4) de diciembre de dos mil dieciocho (2018).
Al igual que en las notificaciones anteriormente mencionadas, el referido oficio
también adolecía del mismo error incurrido, en cuanto al número identificatorio
1
Se trata de los actos nos. 1810/18, 1811/18, 1812/18 y 1813/18 instrumentados por el ministerial A.A. De La Cruz
Taveras, alguacil de estrados de la Suprema Corte de Justicia, respectivamente.
2
Dicha actuación tuvo lugar mediante los actos núms. 55/20, 56/20, 57/20 y 58/20, instrumentados por el ministerial Á.
.
L.R.A., alguacil de la Suprema Corte de Justicia.

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