Sentencia Nº TC/0091/22 de Tribunal Constitucional, 05-04-2022
Número de sentencia | TC/0091/22 |
Número de expediente | TC-05-2015-0269 |
Fecha | 05 Abril 2022 |
Emisor | Tribunal Constitucional (República Dominicana |
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2015-0269, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por los
sucesores de la señora L.ía Amelia R. De B.lly, señores C.A.N.B.R., L.P...
.B.R. de E. y G.M.B.R. contra la Sentencia núm. 00174-2015 dictada por el Tribunal
Superior Administrativo del veintiocho (28) del mes de mayo del año dos mil quince (2015). Página 1 de 31
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0091/22
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2015-0269, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por los sucesores de la
señora L.ía Amelia R. De
B.lly, señores C..A.
.N..B..l..R., L.
.P.B.R. de E. y
G.M.B..n.R.cart contra la
Sentencia núm. 00174-2015 dictada
por el Tribunal Superior
Administrativo del veintiocho (28) del
mes de mayo del año dos mil quince
(2015).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los cinco (5) días del mes de abril del año dos mil veintidós
(2022).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..F., primer sustituto; L.
.V.S., segundo sustituto; J.A..A., A.L..B.
.M., V..J.C..P., M. del C.S. de
Cabrera, M.V.M.o, J.A.V.G. y E.
.V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución y 9 y 94
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2015-0269, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por los
sucesores de la señora L.ía Amelia R. De B.lly, señores C.A.N.B.R., L.P...
.B.R. de E. y G.M.B.R. contra la Sentencia núm. 00174-2015 dictada por el Tribunal
Superior Administrativo del veintiocho (28) del mes de mayo del año dos mil quince (2015). Página 2 de 31
de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011),
dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida
La Sentencia núm. 00174-2015 fue dictada por la Primera Sala del Tribunal
Superior Administrativo el veintiocho (28) de mayo de dos mil quince (2015).
Y declara inadmisible la acción de amparo de cumplimiento incoada por los
sucesores de la señora L.ía Amelia R. de B., señores C..A.
.N.B., L..P.B..o.R. De E., R..R.
.B.R. y G..M.B.R. (en adelante “los sucesores de la
señora L.ía Amelia R. De B.lly”) contra el Ministerio de Hacienda.
En su parte dispositiva esta sentencia reza como sigue:
PRIMERO: DECLARA, inadmisible la presente Acción de A.
interpuesta por sucesores de la señora LUCÍA AMEL.R..D.
.B., señores C..A..N..B.,
L.P..B.R..D.E., R.
.R.B..R. Y GINA ARÍA BONNELLY RICART,
contra el MINISTERIO DE HACIENDA, por ser notoriamente
improcedente, a la luz del artículo 70, numeral 3 de la Ley 137-11,
Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, por los motivos antes indicados.
SEGUNDO: DECLARA libre de costas el presente proceso.
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