Sentencia Nº TC/0094/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0094/21
Número de expediente TC-05-2014-0123
Fecha20 Enero 2021
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0123, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por los
señores Mauricio Méndez Beltré, Denny Figuereo y Augusto Mancebo contra la Sentencia núm. TSE -025-2014, dictada
por el Tribunal Superior Electoral (TSE) el veintinueve (29) de abril del año dos mil catorce (2014).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0094/21
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2014-0123, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia de
amparo incoado por los señores
Mauricio Méndez Beltré, Denny
Figuereo y Augusto Mancebo contra la
Sentencia núm. TSE-025-2014,
dictada por el Tribunal Superior
Electoral (TSE) el veintinueve (29) de
abril del año dos mil catorce (2014).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson
S. Gómez Ramírez, Katia Miguelina Jiménez Martínez y Miguel Valera
Montero, en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, 9, 94 y
siguientes de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de
los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2014-0123, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo incoado por los
señores Mauricio Méndez Beltré, Denny Figuereo y Augusto Mancebo contra la Sentencia núm. TSE -025-2014, dictada
por el Tribunal Superior Electoral (TSE) el veintinueve (29) de abril del año dos mil catorce (2014).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La decisión objeto del presente recurso de revisión es la Sentencia núm. TSE-
025-2014, dictada por el Tribunal Superior Electoral el veintinueve (29) de abril
de dos mil catorce (2014), cuyo dispositivo se transcribe a continuación:
Primero: Rechaza, el medio de inadmisión de la presente acción de
amparo, planteado por la parte accionada, Junta de Vocales del distrito
municipal de Puerto Viejo, municipio Los Negros, provincia Azua,
fundamentado en el artículo 70.2 de la Ley Núm. 137-11, Orgánica del
Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, por
improcedente, mal fundado y carente de sustento legal. Segundo: Acoge,
en cuanto a la forma, las Acciones de Amparo incoadas por los señores,
Lic. Mauricio Méndez Beltré y Antonio Segura contra la Tesorería
Nacional y la Junta de Vocales del distrito municipal de Puerto Viejo,
municipio Los Negros, provincia Azua, por haber sido hechas conforme
a la Ley. Tercero: Rechaza, en cuanto al fondo, las pretensiones
originales contenidas en la Acción de Amparo incoada por el Lic.
Mauricio Méndez Beltré contra la Tesorería Nacional, por
improcedentes, mal fundadas y carentes de base legal. Cuarto: Acoge,
en cuanto al fondo, las pretensiones originales contenidas en la Acción
de Amparo incoada por el señor Antonio Segura contra la Junta de
Vocales del distrito municipal de Puerto Viejo, municipio Los Negros,
provincia Azua, en consecuencia, declara nula y sin ningún valor ni
efecto jurídico, las disposiciones contenidas en las Actas números 022 y
024-2013 de fechas 14 y 19 de agosto de 2013 de la Junta de Vocales del
distrito municipal de Puerto Viejo, municipio Los Negros, provincia

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