Sentencia Nº TC/0103/23 de Tribunal Constitucional, 24-02-2023

Número de sentenciaTC/0103/23
Fecha24 Febrero 2023
Número de expedienteTC-05-2022-0096
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0096, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
N.C. de León contra la Sentencia núm. 351-2021-SSEN-00022, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de S.R. el diez (10) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0103/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2022-0096, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por Nolberto
C. de León contra la Sentencia
núm. 351-2021-SSEN-00022, dictada
por la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial
de S..h.R.írez el diez (10) de
mayo de dos mil veintiuno (2021).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R.D..í.F., primer sustituto; J.
.
A.A., A.L..B.M., M.U..B.V.,
J.P.C.K., V.J.C.P., D.
.
G., M..V.M., J..A.V..G. y E.
.
V.A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y legales,
específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución, así como
en los artículos 9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal
Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio
de dos mil once (2011), dicta la siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0096, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
N.C. de León contra la Sentencia núm. 351-2021-SSEN-00022, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de S.R. el diez (10) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 351-2021-SSEN-00022, objeto del presente recurso de
revisión constitucional de sentencia de amparo, fue dictada por la Cámara Penal
del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de S.R. el
diez (10) de mayo de dos mil veintiuno (2021), mediante la cual fue declarada
inadmisible la acción de amparo interpuesta por Nolberto C. de León
contra la Procuraduría Fiscal del Distrito Judicial de S..h.R.; su
dispositivo es el siguiente:
Primero: Declara como buena, la presente acción constitucional de
amparo, incoada por el señor N.C. De León, a través de
sus abogados los Drs. C.P.R.Á. y J.T.E.
.
T., por haber sido hecha conforme a la lay y al derecho en cuanto
a la forma. Segundo: En cuanto al fondo declara inadmisible la
presente acción, por entender el tribunal que existen otras vías
conforme. al artículo 70 numeral 1 que rige la materia, para las
pretensiones de la parte accionante. Tercero: Declara el proceso libre
de costas, por tratarse de una acción constitucional.
La indicada sentencia fue notificada a la parte recurrente, Nolberto C. de
León, mediante Acto núm.1793/2021, instrumentado por el ministerial J.
.
F.C.T., alguacil ordinario del Juzgado de Trabajo del
Distrito Judicial de S.R., el cinco (5) de octubre del año dos mil
veintiuno (2021).
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2022-0096, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
N.C. de León contra la Sentencia núm. 351-2021-SSEN-00022, dictada por la Cámara Penal del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Judicial de S.R. el diez (10) de mayo de dos mil veintiuno (2021).
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2. Presentación del recurso de revisión de constitucional de sentencia de
amparo
El señor Nolberto C. de León interpuso el presente recurso de revisión
ante la Secretaría de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del
Distrito Judicial de S.R. el once (11) de octubre del año dos mil
veintiuno (2021).
El referido recurso fue notificado a la parte recurrida, Procuraduría Fiscal del
Distrito Judicial de la Provincia Sánchez R., mediante el Acto núm.
2185/2021, instrumentado por el ministerial J..F.C.T.,
alguacil ordinario del Juzgado de Trabajo del Distrito Judicial de S.
.
R., el veintiséis (26) de noviembre del año dos mil veintiuno (2021).
3. Fundamentos de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
S.R. declaró la inadmisibilidad de la acción de amparo sobre la
base de que:
a) En la especie, el inmueble tal y como señala la parte accionada,
forma parte del legajo de pruebas de un proceso penal abierto seguido
en contra de los imputados C.J..F..N., J. Tirado
Tejada, A..K. Bello C. (a) K., E..Y.B.
.
M. y J.E.R.J. (A) Jhony, por existir
suficiente probabilidad los dos primeros autor y coautor. del delito de
trata de personas previsto y sancionado por los artículos 3 y 7 literales
B, C' Y D, de la ley 137-03, sobre trata de personas con fines de

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