Sentencia Nº TC/0109/23 de Tribunal Constitucional, 24-02-2023

Número de sentenciaTC/0109/23
Fecha24 Febrero 2023
Número de expedienteTC-05-2021-0001
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0001, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
la entidad Compañía de Luz y Fuerza de Las Terrenas, S. A., contra la Sentencia núm. 540-2020-SSEN-00137, dictada por
la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná el once (11) de
agosto de dos mil veinte (2020). Página 1 de 40
EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0109/23
Referencia: Expediente núm. TC-05-
2021-0001, relativo al recurso de
revisión constitucional de sentencia
de amparo interpuesto por la entidad
Compañía de Luz y Fuerza de Las
Terrenas, S. A., contra la Sentencia
núm. 540-2020-SSEN-00137, dictada
por la Cámara Civil, Comercial y de
Trabajo del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Judicial de
Samaná el once (11) de agosto de dos
mil veinte (2020).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinticuatro (24) días del mes de febrero del año dos mil
veintitrés (2023).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
M.R..G., presidente; R..D.F., primer sustituto; L.
.
V.S., segundo sustituto; J.é A.A., A.L..B.
.
M., J..P.C..K., V..J..C.P.,
D.G., M.V.M., J.A.V..G. y
E.V..A., en ejercicio de sus competencias constitucionales y
legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4 de la Constitución;
9 y 94 de la Ley núm. 137-11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-05-2021-0001, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
la entidad Compañía de Luz y Fuerza de Las Terrenas, S. A., contra la Sentencia núm. 540-2020-SSEN-00137, dictada por
la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná el once (11) de
agosto de dos mil veinte (2020). Página 2 de 40
Procedimientos Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once
(2011), dicta la siguiente sentencia:
I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
sentencia de amparo
La Sentencia núm. 540-2020-SSEN-00137, objeto del presente recurso de
revisión, fue dictada por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado
de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná, el once (11) de agosto de
dos mil veinte (2020). Este fallo concierne a la acción de amparo promovida
por la entidad El Progreso del Limón, SRL contra la Compañía de Luz y Fuerza
de Las Terrenas, S.A., cuyo dispositivo reza como sigue:
Primero: En cuanto a la forma, ADMITE, la presente Acción de
A., interpuesta por la entidad El Progreso del Limón, S.R.L., en
contra de la Compañía de Luz y Fuerza de Las Terrenas, S.A., por ser
interpuesta conforme la normativa que rige la materia.
Segundo: En cuanto al fondo, Ordena a la Compañía De Luz y Fuerza
De Las Terrenas, abstenerse de interrumpir, suspender o desconectar,
el cableado o interconexión de energía servida por la compañía
generadora, a la compañía el Progreso del Limón, S.R.L.
Tercero: Para el caso de no cumplimiento inmediato de la presente
decisión, se le impone a la Compañía De Luz y Fuerza De Las Terrenas,
SRL, una astreinte consistente en cinco mil pesos (RD$5,000.00), por
cada día de retardo en el cumplimiento de la presente sentencia, a
partir de la notificación de la misma; en provecho de los accionantes.
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Expediente núm. TC-05-2021-0001, relativo al recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo interpuesto por
la entidad Compañía de Luz y Fuerza de Las Terrenas, S. A., contra la Sentencia núm. 540-2020-SSEN-00137, dictada por
la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Samaná el once (11) de
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Cuarto: Ordena notificar la presente decisión a la Dirección de
Protección al Consumidor (Protecom), la Superintendencia de
Electricidad, a fin de dar cumplimiento a la presente decisión.
Quinto: C. al ministerial Fausto De León Miguel, alguacil de
Estrados de este Tribunal para la notificación de la presente decisión.
Sexto: Ordena la ejecución de la presente decisión, conforme lo
establece el artículo 90 de la ley 137-11.
Séptimo: Declara libre de toda costa el presente proceso.
Octavo: fija la lectura integra de la presente decisión para el día
martes once (11) de agosto de dos mil veinte (2020) a las 2:00 P.M
horas de la tarde, quedando citadas las partes presentes y
representadas.
Este fallo fue notificado a la parte recurrente en revisión, entidad Compañía
Luz y Fuerza Las Terrenas, S.A., mediante el Acto núm. 307/2020,
instrumentado por el ministerial F.M.P.,
1
de dos (2) de agosto
de dos mil veinte (2020). Se deja constancia de que en el expediente del
presente recurso no figura constancia de la notificación de la citada decisión a
la parte recurrida en revisión.
2. Presentación del recurso de revisión de revisión constitucional de
sentencia de amparo
El recurso de revisión constitucional de sentencia de amparo contra la aludida
Sentencia núm. 540-2020-SSEN-00137, fue sometido al Tribunal
Constitucional, según instancia depositada por la entidad Compañía Luz y
1
Alguacil ordinario de la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del Distrito Judicial de Samaná.

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