Sentencia Nº TC/0126/21 de Tribunal Constitucional, 20-01-2021

Número de sentenciaTC/0126/21
Fecha20 Enero 2021
Número de expediente TC-04-2020-0039
EmisorTribunal Constitucional (República Dominicana
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0039, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la sociedad comercial Negocios Casanp, S.R.L. contra la Sentencia núm. 1652, dictada por la Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).
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EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA
SENTENCIA TC/0126/21
Referencia: Expediente núm. TC-04-
2020-0039, relativo al recurso de
revisión constitucional de decisión
jurisdiccional interpuesto por la
sociedad comercial Negocios Casanp,
S.R.L. contra la Sentencia núm. 1652,
dictada por la Sala Civil y Comercial
de la Suprema Corte de Justicia el
veintiocho (28) de septiembre de dos
mil dieciocho (2018).
En el municipio Santo Domingo Oeste, provincia Santo Domingo, República
Dominicana, a los veinte (20) días del mes de enero del año dos mil veintiuno
(2021).
El Tribunal Constitucional, regularmente constituido por los magistrados
Milton Ray Guevara, presidente; Lino Vásquez Sámuel, segundo sustituto;
Hermógenes Acosta de los Santos, José Alejandro Ayuso, Ana Isabel Bonilla
Hernández, Víctor Joaquín Castellanos Pizano, Domingo Antonio Gil, Wilson
S. Gómez Ramírez y Miguel Valera Montero, en ejercicio de sus competencias
constitucionales y legales, específicamente las previstas en los artículos 185.4
y 277 de la Constitución, así como en los artículos 9 y 53 de la Ley núm. 137-
11, Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos
Constitucionales, del trece (13) de junio de dos mil once (2011), dicta la
siguiente sentencia:
República Dominicana
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Expediente núm. TC-04-2020-0039, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la sociedad comercial Negocios Casanp, S.R.L. contra la Sentencia núm. 1652, dictada por la Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).
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I. ANTECEDENTES
1. Descripción de la sentencia recurrida en revisión constitucional de
decisión jurisdiccional
La Sentencia núm. 1652, objeto del presente recurso de revisión constitucional,
fue dictada por la Sala Civil y Comercial de la Suprema Corte de Justicia,
actuando como corte de casación, el veintiocho (28) de septiembre de dos mil
dieciocho (2018). Esta decisión rechazó el recurso de casación incoado por la
empresa Negocios Casanp, S.R.L. y Carolina Llobregat Ferré contra la
Sentencia civil núm. 035-16-SCON-01212, emitida por la Segunda Sala de la
Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Nacional el treinta (30) de septiembre de dos mil dieciséis (2016). El dispositivo
de la aludida sentencia núm. 1652 expresa lo siguiente:
Primero: Rechaza el recurso de casación interpuesto por Negocios
Casanp, S. R. L. y Carolina Llobregat Ferré, contra la sentencia civil
núm. 035-16-SCON-01212, dictada el 30 de septiembre de 2016, por la
Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera
Instancia del Distrito Nacional; Segundo: Condena a la parte recurrente
al pago de las costas con distracción de las mismas en provecho del Lcdo.
Juan Matías Nolasco Germán, abogado de la parte recurrida que
afirman haberlas avanzado en su mayor parte.
El dispositivo transcrito ut supra fue notificado a los representantes legales de
la parte recurrente, Negocios Casanp, S.R.L., mediante el memorándum emitido
por la Secretaría General de la Suprema Corte de Justicia el veintidós (22) de
enero de dos mil diecinueve (2019), el cual fue recibido el veintiocho (28) del
mismo mes y año. Sin embargo, en el expediente de referencia no existe
República Dominicana
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Expediente núm. TC-04-2020-0039, relativo al recurso de revisión constitucional de decisión jurisdiccional interpuesto por
la sociedad comercial Negocios Casanp, S.R.L. contra la Sentencia núm. 1652, dictada por la Sala Civil y Comercial de la
Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de septiembre de dos mil dieciocho (2018).
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constancia de que el aludido fallo núm. 1652 haya sido notificado íntegramente
a la empresa recurrente.
Pese a lo anterior, la referida sociedad Negocios Casanp, S.R.L. notificó la
impugnada sentencia núm. 1652 al recurrido, señor Antonio Gómez Vásquez,
mediante el Acto núm. 87/2019, instrumentado por el ministerial Lael Cruz del
Orbe
1
el cuatro (4) de marzo de dos mil diecinueve (2019).
2. Presentación del recurso de revisión constitucional de decisión
jurisdiccional
El recurso de revisión constitucional contra la referida sentencia núm. 1652 fue
sometido al Tribunal Constitucional por la sociedad comercial Negocios
Casanp, S.R.L. (debidamente representada por su gerente, señora Carolina
Llobregat Ferré) mediante instancia depositada ante la Secretaría General de la
Suprema Corte de Justicia el veintiocho (28) de febrero de dos mil diecinueve
(2019). Por medio del citado recurso, la recurrente invoca la afectación de su
derecho fundamental a la tutela judicial efectiva y al debido proceso, así como
la transgresión del precedente establecido por este colegiado en la Sentencia
TC/0055/12.
El referido recurso de revisión fue notificado a la parte recurrida, señor Antonio
Gómez Vásquez, mediante el antes mencionado acto núm. 87/2019,
instrumentado por el ministerial Lael Cruz del Orbe el cuatro (4) de marzo de
dos mil diecinueve (2019). También fue notificado a su representante legal
mediante el Acto núm. 238/2019, instrumentado por el ministerial Eulogio
1
Alguacil de estrados de la Sexta Sala del Juzgado de Trabajo del Distrito Nacional.

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